Según el titular del Juzgado de Primera Instancia número 43 de
Barcelona, el hecho de que en el envase se asegure que el aceite de
oliva es un ingrediente esencial -aunque sólo representa un dos por
ciento del total de la composición-, supone inducir a error al
consumidor y provoca «un error relevante sobre los hábitos de
consumo o cuando menos sobre las preferencias de consumo».
La sentencia es respuesta a la demanda que interpuso la empresa San
Carlo Food Group España, que comercializa la marca 'Auténtica
Tratoría' -también de chips-, contra Snack Ventures, la entidad que
comercializa la gama de productos con la marca 'Lay's
Mediterráneas'.
La propia empresa comercializadora de estas chips reconoció que
las patatas no están fritas con aceite de oliva sino con aceites
vegetales y que el de oliva «se añade como puro condimento». No
obstante, en el envase -en el que aparece una aceitera típica de
aceite de oliva-, no se hace ninguna mención del aceite con el que
están fritas las patatas -aceites vegetales-, lo que, según el
fallo, supone una «omisión» de información al consumidor.
Los abogados de Snack Ventures solicitaron su desestimación
alegando que la parte demandante no había acreditado «estar
implantada en el mercado español» negando además que «concurriera
alguno de los ilícitos aducidos» por la parte demandante.
A pesar de que la empresa que comercializa las polémicas patatas
alegó que en el envoltorio «no se dice que las patatas estén fritas
con aceite de oliva sino que están aliñadas con él», el juez pone
de manifiesto que también en el envase se afirma que el aceite de
oliva «es el ingrediente esencial».
El juez también reprocha que aunque se diga en el envase que la
composición del aceite de oliva es de un dos por ciento, se omite
la proporción del resto de aceites, «de forma que se le está dando
a entender al consumidor una composición del producto que no se
corresponde con la realidad».
Según el fallo, estos datos son suficientes para que «con la
presentación del producto se pueda inducir a error al consumidor».
Además, el juez señala que la campaña publicitaria de la marca pone
su acento precisamente en el aceite de oliva.
La OCU expresó su «satisfacción» por la decisión al considerar
que inducen a error al consumidor por hacer creer que el componente
esencial es el aceite de oliva.
La OCU dijo que algo similar sucede con determinados productos
como carne o lácteos; «esta sentencia es un gran favor a los
consumidores.
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