La Generalitat ha sido condenada a pagar una indemnización de
676.000 euros por el estado casi vegetativo en que quedó una niña
como consecuencia de no haber recibido una ventilación adecuada,
pues ni el hospital público ni la ambulancia que la atendieron de
bronquitis asmática disponía de ventilador mecánico para niños.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto
con esta sentencia el caso, que se remonta a mayo de 1990, cuando
la niña afectada, Vanessa C.Z., tenía tan sólo siete meses de edad.
El recurso que dio lugar a este proceso judicial es de 1996 y no se
ha fallado hasta ahora.
Los jueces han fijado esta elevada indemnización, a pagar por el
departamento de Sanidad de la Generalitat, por la corta edad de la
perjudicada, el estado de tetraparesia espástica (parálisis
cerebral) en que ha quedado, la necesidad de un tratamiento
rehabilitador continuo, la incapacidad para valerse sola para las
actividades más elementales de la vida y el gran daño moral
causado.
La pequeña, según la sentencia, recibirá una indemnización de
566.000 euros, mientras que su madre recibirá 110.000 euros.
Los hechos se remontan al 15 de mayo de 1990 cuando la niña, que
ya sufría una bronquitis asmática de nacimiento, ingresó en un
hospital público del que fue dado de alta con la citada parálisis
provocada, según la sentencia, por una mala ventilación
asistida.
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