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El Tribunal Supremo ha condenado a la Administración del Estado a indemnizar con 100 euros a un sargento primero de Artillería por los daños morales que le fueron causados al sufrir dos días de arresto tras negarse a portar el guión del Regimiento en un desfile de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno, que se celebró en abril de 2001 en la ciudad de Melilla.

El alto Tribunal estima el recurso del sargento, que consideró vulnerado su derecho a la libertad religiosa, puesto que el jefe de su Unidad no atendió su solicitud de ser eximido de participar en la procesión y le sancionó.

En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Agustín Corrales Elizondo, el Supremo recuerda que la Constitución establece que los particulares deben ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos.