El Tribunal Supremo ha condenado a la Administración del Estado
a indemnizar con 100 euros a un sargento primero de Artillería por
los daños morales que le fueron causados al sufrir dos días de
arresto tras negarse a portar el guión del Regimiento en un desfile
de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno, que se celebró
en abril de 2001 en la ciudad de Melilla.
El alto Tribunal estima el recurso del sargento, que consideró
vulnerado su derecho a la libertad religiosa, puesto que el jefe de
su Unidad no atendió su solicitud de ser eximido de participar en
la procesión y le sancionó.
En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Agustín
Corrales Elizondo, el Supremo recuerda que la Constitución
establece que los particulares deben ser indemnizados por toda
lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre
que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los
servicios públicos.
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