El Tribunal Constitucional (TC) ha considerado que el ruido atenta contra derechos fundamentales en una sentencia en la que confirma la sanción por exceso del mismo impuesta a un pub, informó el alto tribunal.
La sentencia del TC, de la que ha sido ponente el presidente de este Tribunal, Manuel Jiménez de Parga, llega a la conclusión de que la infracción prevista en la ordenanza municipal tiene cobertura legal en la Ley de 1972 si se tiene en cuenta que el ruido puede ser calificado como «partículas o formas contaminantes» o incluso como «forma de energía» que se emite a la atmósfera e implica «riesgo, daño o molestia grave para las personas y bienes de cualquier naturaleza».El exceso de ruido atenta contra los derechos fundamentales
El Constitucional confirma en una sentencia la sanción impuesta a un pub
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