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J.T.
Una sentencia judicial, promovida por el Juzgado de lo Social número 3 de Palma, reconoce, por primera vez en el Estado Español, el derecho de una mujer residente en Palma a recibir una pensión de viudedad por la muerte de su compañera sentimental.

Con posterioridad a la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Palma también se ha dictado otra en el mismo sentido que afecta a una pareja de hombres que convivió durante años en Madrid.

La beneficiada por la sentencia, Rosana Hernández, compareció ayer para felicitar a un colectivo tan «discriminado» que empieza a ver reconocidos sus derechos, y recalcó que «sentencias como ésta hacen que la sociedad avance».

Hernández convivió en pareja con Laura Galante desde 1992 hasta 2002, cuanta ésta murió. Desde 2001 estaban inscritas como pareja de hecho en el Ajuntament de Palma, el único medio legal existente.

La sentencia del magistrado Juan Gabriel Àlvarez reconoce que para percibir la pensión tiene que haber vínculo matrimonial pero también recuerda que la ley impedía, en aquellos momentos, el matrimonio a las parejas homosexuales.

Aunque la sentencia dictada por el juzgado ha sido recurrida por la Seguridad Social, Rosana Hernández advirtió ayer: «Llegaremos hasta el final [...] tenemos unos derechos y ganaremos».

La aprobación, el año pasado, de la Ley del Matrimonio Homosexual, que equipara en derechos a este colectivo, resuelve este problema de cara al futuro y permite una lectura más flexible de criterios fijados por la Seguridad Social para poder percibir una pensión de viudedad por parte del colectivo homosexual.