La Audiencia revoca así la sentencia dictada el pasado 2 de enero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, que condenaba a este asturiano de 42 años por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción temeraria.
La sentencia mantiene como probado que Constantino García Suárez circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía autonómica A-231 (León-Burgos).
El coche, un Audi A-8 de gran cilindrada y propiedad de una empresa asturiana, fue interceptado cuando circulaba en sentido Burgos la tarde del 9 de febrero del pasado año, día en el que había «buena visibilidad y escasa circulación» en una vía de altas prestaciones.
Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta «manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación», que crea «rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad», no se puede considerar como un delito.
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