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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado el despido de un trabajador por el uso irregular que hacía de Internet en su puesto de trabajo, como «navegar» con frecuencia por las páginas de pornografía y ocio de la red.

El despedido, que trabajaba en una empresa de Tres Cantos (Madrid) dedicada a la comercialización y fabricación de equipos de telecomunicaciones, también conectaba habitualmente en horas de trabajo a las páginas que varios periódicos tienen en Internet, y visitaba otras sobre charlas de caza.

Con esta sentencia, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma la procedencia del despido del trabajador tal y como había determinado el pasado mes de abril el juzgado de lo social número 23 de Madrid.

El juez explicaba en su sentencia que el trabajador, que llevaba ocho años en la empresa, cobraba un sueldo de 371.010 pesetas y era oficial administrativo, recibió la carta de despido el 16 de enero de 1998 por, fundamentalmente, el uso irregular de Internet realizado desde su ordenador.

La empresa probó que el despedido había conectado con frecuencia «a periódicos, páginas de ocio o compras, e incluso a dirección con contenido sexual o pornográfico». También se le imputó haber utilizado su ordenador «para asuntos y negocios particulares», para lo cual «almacenaba correspondencia y otra documentación en el equipo informático».