El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado el despido de
un trabajador por el uso irregular que hacía de Internet en su
puesto de trabajo, como «navegar» con frecuencia por las páginas de
pornografía y ocio de la red.
El despedido, que trabajaba en una empresa de Tres Cantos
(Madrid) dedicada a la comercialización y fabricación de equipos de
telecomunicaciones, también conectaba habitualmente en horas de
trabajo a las páginas que varios periódicos tienen en Internet, y
visitaba otras sobre charlas de caza.
Con esta sentencia, la sala de lo social del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid confirma la procedencia del despido del
trabajador tal y como había determinado el pasado mes de abril el
juzgado de lo social número 23 de Madrid.
El juez explicaba en su sentencia que el trabajador, que llevaba
ocho años en la empresa, cobraba un sueldo de 371.010 pesetas y era
oficial administrativo, recibió la carta de despido el 16 de enero
de 1998 por, fundamentalmente, el uso irregular de Internet
realizado desde su ordenador.
La empresa probó que el despedido había conectado con frecuencia
«a periódicos, páginas de ocio o compras, e incluso a dirección con
contenido sexual o pornográfico». También se le imputó haber
utilizado su ordenador «para asuntos y negocios particulares», para
lo cual «almacenaba correspondencia y otra documentación en el
equipo informático».
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