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El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a la Administración del Estado a pagar diez millones de pesetas a un recluta que sufrió la amputación de un brazo tras un accidente de tráfico mientras conducía un convoy para realizar maniobras. Así lo acuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que desestima el recurso de la Administración del Estado contra la sentencia dictada en 1995 por la Sala de esta jurisdicción de la Audiencia Nacional, ya que considera que el soldado mutilado sufrió un daño que «no tiene el deber de soportar».

José María Botas Pascual sufrió un accidente de tráfico el 3 de julio de 1986 cuando conducía un vehículo militar mientras circulaba en convoy para realizar maniobras, siniestro en el que murió el cabo primero que le acompañaba en el vehículo, y en el que el recurrente le fue amputado el brazo izquierdo a la altura del codo.

Tras el suceso, Botas demandó al Ministerio de Defensa por no haberle indemnizado con 15 millones de pesetas por responsabilidad extra contractual de la Administración militar, demanda a la que se opuso el abogado del Estado, entre otras cuestiones, porque al soldado ya se le habían abonado cuatro millones y medio de pesetas por inutilidad física.