La Audiencia de Palma ha dictado sentencia sobre el caso del choque
de dos catamaranes que se produjo en Eivissa en el mes de julio de
1991. El tribunal ha resuelto el recurso contra una sentencia
dictada en octubre por el Juzgado de lo Penal de Eivissa, en la que
se condenaba al capitán del catamarán «Rápido de Algeciras»,
Antonio Asensio, como autor de una falta de imprudencia leve, y a
indemnizar a los pasajeros que resultaron lesionados.
Tanto el capitán como el armador del buque recurrieron la
sentencia invocando la ausencia de negligencia en la actuación del
marino y la prescripción de los delitos. El tribunal de la
Audiencia ha rechazado este recurso y ha entendido que la conducta
del marino no fue sólo constitutiva de una falta leve, sino de un
delito de imprudencia. La Sala le condena a un mes y un día de
arresto. El «Rápido de Algeciras» colisionó contra el «Rápido de
Formentera». En este último barco viajaban 33 mallorquines, la
mayoría de ellos pertenecientes al grupo de teatro «La Prima» de
Sineu.
La sentencia de la Audiencia ha confirmado la mayor parte de las
indemnizaciones a los heridos, que iban desde los once millones a
las 22 mil pesetas. Entre las indemnizaciones que se modifican está
la de Gabriel Crespí, policía local de Sineu, para el que se ha
señalado una indemnización de dos millones, frente al 1.400.000
pesetas que le concedió el juez de Eivissa. Las indemnizaciones se
pagarán con los correspondientes intereses. El abogado Rafael
Perera, que ha defendido a los perjudicados de Sineu, mostró su
desagrado por la enorme lentitud de la justicia, que ha tardado
diez años en sentenciar el caso.
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