TW
0

La Audiencia de Palma ha condenado a un médico de Son Dureta, especialista en otorrinolaringología, que no informó a un paciente de los riesgos de una intervención quirúrgica. Como consecuencia de esta operación, el paciente, que tenía 23 años, está prácticamente sordo en su oído derecho, y ello le ha ocasionado un grave perjuicio en su trabajo. El juez de primera instancia que analizó el caso rechazó la demanda que planteó el enfermo, que reclamaba una indemnización de 30 millones de pesetas. Sin embargo, ahora el tribunal de la Sección Quinta de la Audiencia de Palma ha revocado la sentencia anterior, y condena al médico a indemnizar al paciente con más de diez millones de pesetas. Los jueces dividen la indemnización en las lesiones que presenta y por los daños morales.

El tribunal señala que en el año 1997 el joven acudió al especialista porque tenía problemas de oído. El médico comprobó que, en efecto, padecía una hipoacusia. Le realizó varias pruebas y al comprobar que la lesión no remitía le propuso al enfermo operarse. Esta intervención, con anestesia total, se realizó el día 1 de octubre de 1997 siguiendo la técnica habitual. La operación fracasó y el paciente no sólo no solucionó su problema, sino que además perdió casi toda la capacidad auditiva en su oído derecho. El paciente no planteó la demanda sólo en el hecho de que la operación fracasara, sino que el médico no le informó correctamente de los riesgos de la intervención ni firmó su consentimiento para llevarla a cabo.

La juez de primera instancia consideró que el médico le informó oralmente al paciente de la operación que le iba a practicar, diciéndole que «probablemente mejoraría», y que dicho consentimiento no se plasmó por escrito porque en aquellas fechas no estaba protocolizado el uso de un documento en el que el paciente consiente dicha intervención. Sin embargo, el tribunal de la Audiencia no coincide en este razonamiento. Los magistrados recuerdan que el impreso de «hoja de consentimiento informado» fue aprobado y editado por el hospital de Son Dureta en el mes de julio de 1997, es decir, tres meses antes de la operación. La sentencia recuerda que es un deber del médico informar al médico del riesgo de la operación, y en este caso no se hizo, al menos por escrito.