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El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha estimado parcialmente un recurso de un ciudadano, identificado como I.M.C, en contra del Ayuntamiento de Es Mercadal, en Menorca, que resultó lesionado al ser coceado por un caballo durante las fiestas populares de este pueblo el 19 de julio de 2001.

El afectado fue coceado en la mandíbula por un caballo que le originó, según dos partes de asistencias que acompañó, herida inciso contusa en el mentón izquierdo que precisó de siete puntos de sutura.

La sentencia a la que ha tenido acceso EFE, declara el derecho de ese ciudadano a ser indemnizado con 2.038 euros por el Consistorio de Es Mercadal, frente a los casi 10.000 euros que éste solicitaba.

Los magistrados citan diversa jurisprudencia, en la que figuran sentencias del Tribunal Supremo en casos similares, para excluir el criterio de culpa en la actuación del Ayuntamiento de Es Mercadal.

No obstante, consideran que la Corporación municipal tiene que abonar una indemnización al afectado «que debe ceñirse a los gastos efectuados, los previstos y los días de incapacidad a que se refiere el señor I.M.C. en la demanda».

«Excluido el criterio de culpa, el concepto de lesión junto con el criterio de la causalidad constituyen el centro neurálgico de la responsabilidad de las administraciones demandadas», añaden los jueces.

La sentencia de los magistrados, contra la que no cabe recurso ordinario, no hace una expresa referencia al pago de las costas del proceso judicial.