El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha estimado
parcialmente un recurso de un ciudadano, identificado como I.M.C,
en contra del Ayuntamiento de Es Mercadal, en Menorca, que resultó
lesionado al ser coceado por un caballo durante las fiestas
populares de este pueblo el 19 de julio de 2001.
El afectado fue coceado en la mandíbula por un caballo que le
originó, según dos partes de asistencias que acompañó, herida
inciso contusa en el mentón izquierdo que precisó de siete puntos
de sutura.
La sentencia a la que ha tenido acceso EFE, declara el derecho
de ese ciudadano a ser indemnizado con 2.038 euros por el
Consistorio de Es Mercadal, frente a los casi 10.000 euros que éste
solicitaba.
Los magistrados citan diversa jurisprudencia, en la que figuran
sentencias del Tribunal Supremo en casos similares, para excluir el
criterio de culpa en la actuación del Ayuntamiento de Es
Mercadal.
No obstante, consideran que la Corporación municipal tiene que
abonar una indemnización al afectado «que debe ceñirse a los gastos
efectuados, los previstos y los días de incapacidad a que se
refiere el señor I.M.C. en la demanda».
«Excluido el criterio de culpa, el concepto de lesión junto con
el criterio de la causalidad constituyen el centro neurálgico de la
responsabilidad de las administraciones demandadas», añaden los
jueces.
La sentencia de los magistrados, contra la que no cabe recurso
ordinario, no hace una expresa referencia al pago de las costas del
proceso judicial.
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