El Juzgado de Instrucción número 6 de Palma ha dictado una
sentencia condenatoria para una mujer de nacionalidad nigeriana
dedicada a la prostitución callejera y acusada de desobediencia a
la autoridad. El Ajuntament de Calvià, representado por el letrado
Salvador Perera, ha conseguido de esa manera el primer respaldo
judicial en su lucha contra la prostitución callejera.
Tanto el Ministerio Fiscal como el Ajuntament han visto acogida
su solicitud de condena de la prostituta denunciada, aunque la pena
que se la ha impuesto (una multa de veinte días a razón de 2 euros
diarios) ha sido casi simbólica.
El Ajuntament de Calvià inició el pasado verano su andadura en
esta materia mediante la aprobación de una ordenanza municipal que
prohíbe la utilización de la vía pública o espacios públicos del
municipio para la captación de clientes con fines sexuales.
Rigor
Desde entonces, la Policía Local de Calvià ha venido realizando un
riguroso y metódico seguimiento y control del cumplimiento de la
referida ordenanza.
El Ajuntament de Calvià dictó un decreto de Alcaldía por el que
se prohibió expresa y personalmente a la denunciada la utilización
de la vía pública para esos fines y se le apercibía de que la
persistencia en su conducta podría determinar la comisión de una
infracción penal por desobediencia a la autoridad.
Tras la notificación personal del referido decreto la prostituta
fue nuevamente sorprendida captando clientes en la calle y fue
denunciada por hacer caso omiso del decreto. Ello motivó la
incoación de diligencias penales contra ella por desobediencia a la
autoridad de forma reiterada.
El Ajuntament de Calvià está personado como acusación particular
en otras diligencias penales que se siguen contra otras prostitutas
en otros tantos Juzgados de Palma.
En el juicio de faltas seguido contra la mujer, ésta admitió que
ejercía la prostitución y que conocía el decreto del Ajuntament
También, a preguntas del fiscal, reconoció que utilizaba la vía
pública para captar clientes.
Al tratarse de un juicio de faltas, el Código Penal establece el
pago de multas si el acusado o acusada es hallado culpable.
El Ajuntament de Calvià incluyó el pasado verano como «actividad
prohibida la utilización de la vía pública o las zonas de dominio
público por parte de personas que ejerzan la prostitución».
Prohibición
Esta prohibición impide el uso de estos espacios para ejercer en
ellos «oficios, trabajos o actividad comercial o no de cualquier
naturaleza», y está basada en una sentencia emitida en noviembre de
2001 por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, que definía la
prostitución como una actividad autónoma, siempre que ésta se
realizara de forma independiente y autónoma.
El Ajuntament de Calviá, de hecho, se personó como acusación
particular en otro juicio contra una prostituta que fue detenida en
tres ocasiones por ofrecer sus servicios en la zona de Magaluf.
Como en el caso de la prostituta condenada por el juez, la Policía
Local notificó a la mujer el nuevo decreto municipal, por el que se
le advertía de la apertura de un expediente sancionador y se le
ordenaba cesar en su actividad de captar clientes en la vía pública
para práctica sexuales, a lo que la acusada hizo caso omiso. En
este caso, tanto el ministerio fiscal como la acusación particular,
ejercida por el Ajuntament 'calvianer' solicitaban una pena de un
año de cárcel por un delito de desobediencia grave a la autoridad,
previsto y penado en los artículos 556 y 74 del Código Penal. Una
sentencia dictada por la Audiencia Nacional, que negó la relación
laboral entre clubes de alterne y prostitutas, calificó la
prostitución de «una actividad regulada» por el Código Penal, que
la tipifica como «incompatible con la ética constitucional». Ante
algunas opiniones que se han vertido sobre la posibilidad de
legalizar el ejercicio de la prostitución, varias entidades se
oponen a ello resaltando todos los argumentos a favor de esa medida
«han fracasado».
También en la Unión Europea el debate político permanece
abierto. De hecho los Estados miembros ofrecen argumentos
diferentes sobre si la prostitución tiene que considerarse como una
profesión regulada, exactamente como cualquiera otra, o si se trata
de una forma de sometimiento.
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