El juzgado de instrución número 1 de Palma ha dictado la segunda
sentencia condenatoria contra dos prostitutas que ejercían su
actividad en la vía pública, en el municipio de Calvià. Esta
decisión judicial se produce dos meses después de la primera
condena, respaldando así la ordenanza municipal aprobada el verano
pasado por el Ajuntament 'calvianer', que prohibía explícitamente
«la utilización de la vía pública o espacios públicos del municipio
para la captación de clientes con fines sexuales».
Esta prohibición impide el uso de estos espacios para ejercer en
ellos «oficios, trabajos o actividad comercial o no de cualquier
naturaleza». De hecho, la ordenanza está basada en una sentencia
emitida en noviembre de 2001 por el Tribunal de Justicia de
Luxemburgo, que definía la prostitución como una actividad
autónoma, siempre que se realizara de forma independiente y
autónoma. Esta resolución es fruto de un intenso debate en los
últimos años en los diferentes tribunales europeos.
Tal y como sucedió en la primera sentencia, la condena ha sido
por un delito de desobediencia a la autoridad por el que las dos
prostitutas, de nacionalidad nigeriana, deberán pagar una multa de
20 días a razón de dos euros diarios.
Desde la puesta en marcha de la ordenanza, la policía local ha
comenzado a controlar esta actividad en los puntos más conflictivos
del municipio, denunciando a las prostitutas y advirtiéndoles que
si seguían «haciendo la calle» podrían incurrir en un delito de
desobediencia.
En esta ocasión, ambas mujeres habían sido sorprendidas multitud
de ocasiones, una de ellas hasta 11 veces. El siguiente paso fue
incoar diligencias penales por delito de desobediencia, por lo que
el caso pasó a los juzgados de Vía Alemania.
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