Según el fallo, los hechos comenzaron en torno al 15 de diciembre de 2005, cuando la acusada Camelia Cristian contactó con una mujer en Rumanía apodada «Rica» para traer a la joven desde su país a cambio de 700 euros.
A cambio de esta cantidad, Camelia se comprometió a encontrar un club de alterne, donde la menor trabajaría hasta que le devolviese el dinero que había pagado por ella.
Así, ambas comenzaron a recorrer prostíbulos de Palma hasta que llegaron a una casa de contactos sexuales de Cala Major, donde la menor estuvo varios días. Después se cambiaron al club «Nebraska», en la calle Joan Bauçà de Palma. Allí contactaron con los encargados de local, Serafín Aránzazu y su hermana María. La sentencia especifica que ambos vieron el pasaporte de la chica, comprobaron que tenía 16 años y aún así accedieron a que trabajase en el local.
La joven cobraba cerca de 60 euros por media hora de servicios sexuales, entregando una comisión de 12 euros a los encargados del local y el resto a Camelia. Su actividad se prolongó hasta el 11 de enero de 2006, cuando la menor fue recogida por agentes del Cuerpo Nacional de Policía.
La sentencia es dura teniendo en cuenta que a cada uno de los acusados se les pedía tres años de cárcel por varios delitos de explotación sexual de menores de los artículos 187 y 188 del Código Penal, y de hecho los encargados del prostíbulo han sido condenados a esta pena, mientras que sobre Camelia Cristina ha recaído la pena de dos años de cárcel, sustituibles por la expulsión del territorio nacional.
Durante el juicio, los encargados del «Nebraska» negaron que se tratase de un prostíbulo sino de un local donde se reunían «mujeres de dudosa reputación». Por su parte, Camelia Cristian aseguró ante el juez que no sabía que la víctima fuese menor, afirmando que, en todo caso, ella aceptó voluntariamente ejercer la prostitución.
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