La Oficina de Investigación Patrimonial está situada en los juzgados de Vía Alemania.

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La Oficina de Investigación Patrimonial, dependiente del juzgado decano de Palma, tramitó el pasado año un total de 17.862 solicitudes de jueces de distintas instancias para conocer el patrimonio de ciudadanos que son objetos de causas judiciales. La información permite a los jueces contar con datos fidedignos sobre la solvencia de los ciudadanos investigados.

Esas peticiones son tramitadas ante la Tesorería de la Seguridad Social, Tráfico y Hacienda de Balears, y se han triplicado desde 2001, periodo que finalizó con 6.612 solicitudes. En 2002 se tramitaron 9.924, en 2003 (13.236), en 2004 (13.600) y en 2005 (17.862).

Sólo en el primer trimestre de 2006, la Oficina de Investigación Patrimonial ya ha atendido 4.709 solicitudes (ver gráfico).

La obtención de datos se realiza a través de sistemas informáticos y de forma muy rápida, ya que la Oficina de Investigación Patrimonial, situada en la sede judicial de Vía Alemania, está conectada con Hacienda, Tráfico y la Seguridad Social. El aumento de las peticiones formuladas por los jueces está directamente vinculada al crecimiento de la población y de la actividad económica en las Islas. Ello ha propiciado un notable incremento de la actividad desarrollada por la oficina de investigación del patrimonio entre personas con causas judiciales en Balears.

En apenas algunas horas, la oficina accede a los datos requeridos por los jueces, que de esta forma, obtienen información veraz y objetiva sobre el patrimonio de los ciudadanos investigados.

La oficina debe respetar de forma rigurosa el reglamento de Protección de Datos, y su cometido es averiguar la solvencia de personas que son objeto de causas judiciales que pueden tener responsabilidades de carácter civil.

Uno de los funcionarios explicó a este diario que a veces, una misma persona tiene diez causas en diez juzgados; en cada causa se pide un oficio a Hacienda para averiguar si esa persona tiene bienes, con lo cual el trámite se hacía eterno, por ello, se ha canalizado toda la actividad en la Oficina de Investigación Patrimonial. Un escrito tipo de los enviados diariamente por los jueces tiene el siguiente encabezamiento: «En el marco de la investigación, amparada en el artículo 113.1 letra f, de Protección de los Derechos e Intereses de Menores e Incapacitados, de la Ley General Tributaria y en el artículo 36 de la Ley General de la Seguridad Social, reformada por Ley 14/2000, el juez de Primera Instancia solicita información patrimonial referente a la persona/entidad que a continuación se menciona...»