La Sala Civil y Penal del TSJB ha ratificado la condena a 16 años de cárcel por asesinato y tenencia ilícita de armas contra Rudolf Messerer por la muerte de su mujer de un disparo en Cala Murada el 23 de julio de 2003.
El recurso de la defensa de Messerer se basaba en que la actuación del magistrado presidente del Tribunal del Jurado, Juan Catany, condicionó a los ciudadanos encargados de juzgar el caso. En concreto, la defensa cita una intervención del juez durante los interrogatorios y otra en la reunión previa a la deliberación del jurado.
El magistrado preguntó al acusado durante el interrogatorio en varias ocasiones sobre cómo cargó el arma homicida. Messerer sostuvo durante el juicio que limpiaba la carabina y que se le disparó accidentalmente ya que la había dejado cargada. Catany pidió al acusado que aclarara si era necesario además de introducir la munición en el cargador martillar el arma para poder disparar, un dato que hacía menos verosímil la versión de Messerer. El TSJB afirma que esta pregunta del magistrado corresponde a una «necesaria aclaración para alcanzar una comprensión cabal» y que no sacó nuevos datos a la luz. Además indica que constatar la falta de respuesta ante la omisión de «tan esencial dato» no es una «influencia indebida sino el producto natural del desarrollo del proceso». Además añade que la imparcialidad del magistrado no equivale a que deba mostrarse «neutral sobre la dirección del proceso».
Otro de los motivos de recusación es que el magistrado expresó una opinión sobre la declaración de Messerer cuando instruyó al jurado sobre el objeto de veredicto. El juez restó credibilidad a la versión de reo al afirmar que no tenía obligación de decir la verdad y que había mentido al decir cómo se cargaba el arma. El ponente de la sentencia, el presidente del TSJB, Antoni Terrasa, admite que el magistrado incurrió en «una evaluación directa y sin ambages de la incredibilidad otorgada a las declaraciones del acusado». Sin embargo, rechaza la pretensión de la defensa ya que la afirmación fue «inocua» ya que el jurado fundamentó la condena en otras pruebas.
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