El guardia condenado, Salvador Moratalla, a la derecha, en el juicio. | Alejandro Sepúlveda

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Cuatro años de cárcel para el guardia civil que se invitó a sí mismo a la cama donde su compañero de cuerpo y de piso estaba con una mujer. La Audiencia Provincial de Palma le ha condenado por un delito de abusos sexuales al tiempo que ha absuelto a su compañero, acusado de consentir los hechos.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia considera probado que el guardia Salvador Moratalla regresó del servicio a su domicilio en la calle Gabriel Carbonell de Palma. Eran en torno a las seis de la mañana del 29 de julio de 2007. Supo que su compañero estaba en el dormitorio con una amiga. Ambos dormían después de haber mantenido una relación sexual. El condenado se aprovechó de la situación y se colocó en la cama entre los dos, de forma sigilosa. Una vez allí penetró a la mujer que estaba de espaldas. En unos segundos ésta se despertó y se giró hacia el que creía que era su amante de la noche anterior. Cuando se dio cuenta de que le habían suplantado, dio un empujón al usurpador y huyó a toda prisa de la habitación.

«Error invencible»

La víctima pensaba que su amante había consentido los hechos. Sin embargo, la sentencia considera probado que no fue así. Éste se despertó cuando el suplantador ya estaba en la cama y mantenía relaciones con la mujer. La sentencia relata que creyó que era una relación consentida y que, en medio de una razonable confusión se levantó y se comenzó a vestir. Ese momento coincidió con el punto en el que la víctima descubrió lo que ocurría y se marchó de forma apresurada. La Audiencia considera que se dio un error de «tipo invencible». Esto es, como creía que era una relación consentida no intervino y, cuando supo lo que ocurría, tampoco pudo hacer nada porque la mujer se fue a toda prisa. Si bien le absuelve, la sentencia incluye un duro tirón de orejas para este acusado: «Cuestión distinta es el reproche moral que bien puede hacer la víctima al no haber contado éste desde el principio la verdad para proteger a su compañero y que paralelamente menoscabó su honor durante la instrucción. Estas manifestaciones, si bien que deleznables, no pueden favorecer la aplicación del Derecho Penal y no empañan la necesaria absolución».

Mentiras

La condena al guardia se justifica en la sentencia por las declaraciones tanto de la víctima como de su compañero. El tribunal no creyó en sus explicaciones en el juicio, según las que las relaciones fueron consentidas: «La Sala no puede sino concluir que ha mentido en todas las fases del proceso». La víctima y su amante coincidieron en que ambos se quedaron dormidos y que cuando se despertaron el otro estaba en la cama. En ningún momento nadie ratificó, como dijo el acusado, que vieran cuándo entró en la cama.