Imagen de archivo de Antonio Anglés.

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El Ministerio Fiscal se opone a estimar prescritos los delitos atribuidos a Antonio Anglés, considerado autor material del triple crimen de Alcàsser (Valencia), según el escrito dirigido al juzgado de instrucción número 6 de Alzira, después de que este órgano judicial preguntara a las partes su posición en relación con la posible prescripción de la responsabilidad penal del prófugo.

Así, tras cumplirse 20 años del secuestro, violación y asesinato de las niñas Míriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández, en el informe se considera que el delito no ha prescrito, que no está extinguida la responsabilidad criminal de Anglés.

Además, señala que el plazo para comenzar a computar los 20 años establecidos en la ley debe partir del 14 de diciembre de 2009, cuando hubo una resolución judicial en relación con las últimas actuaciones de investigación con valor interruptivo en este caso, que se habían acordado tres meses antes. Anglés huyó del cerco policial tras el descubrimiento de los cadáveres y nunca ha aparecido.

Plazo de prescripción

Con esta oposición, el fiscal se suma a la postura de la acción popular que actuó en el caso, en representación de la Asociación Clara Campoamor, que igualmente se mostró contraria a declarar prescritos los delitos atribuidos a Anglés, dado que considera que en la causa, hasta fechas recientes, no ha cesado la actividad instructora para concretar la participación de los dos procesados y averiguar el paradero del huido.

El Ministerio Público sostiene que, de acuerdo con la sentencia que condenó a Miguel Ricart a 170 años de prisión por el triple crimen y tratándose de un «comportamiento delictivo unitario», debe tomarse como plazo de prescripción de los delitos el del más grave --asesinato-- y en este supuesto, tanto el Código Penal de 1973 como el de 1995 prevé 20 años.

En esta línea, apunta que tanto antes como después de hacer sido declarada la rebeldía de Anglés, en noviembre de 1994, se han continuado practicando actuaciones de investigación policiales y judiciales relevantes, tanto en la causa principal como en la separada para esclarecer los hechos e investigar la posible intervención de terceras personas --cita a cuatro-- junto a los procesados.

Intervención telefónica de una hermana

Según el fiscal, todas estas acciones tienen un «contenido sustancial propio de la puesta en marcha y prosecución» del delito y demuestran que la investigación avanza. Entre las últimas actuaciones como valor interruptivo cita las acordadas en septiembre de 2009, cuando el juez decidió una serie de intervenciones telefónicas y del correo electrónico de una de las hermanas de Anglés, que fueron dejadas sin efecto en diciembre de ese año.

De acuerdo con el Ministerio Público, es a partir de esta última fecha --el 14 de diciembre de 2009-- cuando debe comenzar a computarse íntegramente el plazo de prescripción de los delitos por los que fue procesado Anglés, sobre los que destaca que se mantienen «vigentes» y en los que no se ha producido «la pérdida de memoria social».

Míriam, Toñi y Desirée, de 14 y 15 años, desaparecieron el 13 de noviembre de 1992 cuando se dirigían a una discoteca de Picassent. Sus cuerpos fueron encontrados enterrados dos meses más tarde, en enero, en un paraje de Tous. El único detenido por el triple crimen fue Miguel Ricart, 'El Rubio', condenado a 170 años de prisión y que no saldrá de la cárcel hasta el 19 de enero de 2023, de acuerdo con la 'doctrina Parot'.

La Audiencia de Valencia entendió que además de Ricart intervino el prófugo Anglés, al que aludía la sentencia como «varón identificado» que no estaba a disposición del tribunal. Anglés huyó. Los investigadores creen que falleció en aguas de Irlanda durante su fuga, aunque su cuerpo nunca ha aparecido.