La Audiencia de Palma dictó en febrero de 2014 condenas por un total de 59 años de cárcel para las siete personas integrantes de una red de corrupción de menores que introdujo en el consumo de drogas y obligó a prostituirse a cuatro jóvenes en Palma de Mallorca, una de las cuales murió el 25 de septiembre de 2011.
Nora Ayala murió a causa del consumo de drogas tras sufrir los abusos de los integrantes de esta trama, quienes recurrieron contra las condenas ante el Supremo.
El alto tribunal ha confirmado hoy las penas impuestas por la Audiencia en una sentencia en la que argumenta que los sms aportados por los padres de la menor como prueba de cargo, obtenidos de su teléfono móvil una vez fallecida la menor sin autorización judicial, constituyen una prueba lícita.
Así mismo, el Supremo señala en su sentencia de hoy que la investigación policial y las intervenciones telefónicas autorizadas por el juez a partir de estos sms fueron también válidas como pruebas de cargo.
Los hechos juzgados ocurrieron durante la primavera y el verano de 2011, en el llamado Parque del Otta de la ciudad de Palma, situado en la intersección de la calle Pascual Ribot y la Avenida de San Fernando, donde una red de narcotraficantes indujo a varias jóvenes de 16 años a prostituirse a cambio de drogas, fundamentalmente cocaína.
La menor que fue hallada muerta por una reacción adversa por consumo de drogas en el portal de su vivienda en septiembre de 2011, fue captada por la red y, en concreto, por una joven nacida en 1976, quien organizó sus encuentros sexuales con los narcotraficantes, que le daban dosis de cocaína a cambio de sexo.
El alto tribunal rechaza todos los recursos de los condenados en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde Pumpido y en la que señala que: «la intervención de las comunicaciones telemáticas carece de regulación legal expresa en nuestro ordenamiento procesal penal, laguna que es preciso subsanar con la máxima urgencia».
Aún así, la «doctrina jurisprudencia ha realizado un considerable esfuerzo» y en base a sus dictámenes cabe concluir que, en este caso, «las copias de los mensajes» telefónicos recibidos y enviados por la menor equivalen a la correspondencia que puede ser guardada por la víctima entre sus papeles, añade la sentencia.
«Están obviamente amparados por su derecho constitucional a la intimidad pero una vez fallecida no son inmunes al acceso por parte de sus herederos legítimos», en este caso sus padres, añade el alto tribunal.
De este modo, tampoco «cabe estimar que las pruebas derivadas de la intervención telefónica posterior y de las intervenciones telefónicas y registro domiciliario» acordadas contra los sospechosos y aportadas contra ellos en el juicio estén contaminadas porque fueran estos sms aportados por los padres los primeros indicios incriminatorios, concluye el alto tribunal.
25 comentarios
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yo estoy cansado y hastiado de todo lo que veo, la niña de Sevilla sin aparecer y sus padres y abuelos sin descanso, la mayoría de los culpables en la calle y riéndose de la justicia, en el caso de Nora esta costando lo que no esta escrito para castigarles y veremos como termina, me da la sensación de que los asesinos se sienten hasta protegidos por que la ley no puede actuar sobre ellos con toda la crueldad y picardía que ellos emplearon para engañar a esta niña, dios quiera que no me toque a mi por que mi corazón se pasea en forma de niña de 8 añitos y si le hicieran daño de esa manera, se abriría la veda de caza y me daría igual todo, iría a por ellos sin piedad posiblemente convirtiéndome en un cruel asesino como ellos, cuando un animal mata a un ser humano se le elimina por ser un riesgo para los humanos, ojo por ojo
El absuelto por el caso para el q trabajaba la q las captaba en el parque se considera un ciudadano respetable!!!!!! Ja!!!!! Vergonzoso!!!!!!!
La existencia de un delito debería de validar cualquier prueba. Sea escucha, grabación, etc. Lo contrario permite que por "defectos de forma" gente que ha delinquido se salve de la condena.
y los clientes que pagaban por sus servicios ?
Tuvo q fallecer una niña para q se descubriera este triste caso..y poder ayudar a las demas. Y los q pagaban por ellas??? Los q dicen q no sabian q eran menores??? Los q sabiendo lo q hacian no las ayudaron??? Son padres y abuelos y se pasean como si nada.... no tienen conciencia...q se publiquen sus fotos para q no se atrevan a salir mas a la calle!!!
El que ha sido el abogado de la acusación particular se lo ha currado junto con el fiscal es Julio Cano y el abogado José Miguel han hecho un buen tandem, yo he leido las dos sentencias de la Audiencia y la del supremo y son unas buenas piezas todos los condenados. Es una pena que este abogado no se pasee más por los juzgados de lo penal tiene mucho futuro lo he visto trabajar en la instrucción y sabe lo que hace. Enhorabuena JULIO, JOSE MIGUEL Y PADRES.
Los condenados son joel roque, Eva García, Edizon Cornelio Flores, estos son los cabecillas de la banda y no se puede olvidar nadie de las otras víctimas que siguen paseando por la calle y tienen que vivir con esto toda su vida. Y hay más implicados que igual ahora si se reabre el caso por HOMICIDIO O ASESINATO pueden ver como salen a la palestra. Estar atentos porque me consta que el abogado esta trabajando en silencia hace algún tiempo en esta nueva linea.
Enorme alegría por los padres y enhorabuena a todos los que han participado en que esto llegará su fin, empezando por el abogado José M.García que es un crack y ha sido el mejor aliado del Fiscal un crack enorme Julio Cano. Y no os olvidéis de las Magistradas de la Audiencia que hicieron un trabajo maravilloso. Los frutos son estos. Josemi dedicate más al penal eres un crack.
Creo que te confundes de nombre porque esa tal eva como tu dices se de buena tinta que sigue en la carcel
Es triste ver como la Justicia a veces no es tan justa como debería ser. Cada día veo a la tal Eva en el bus o en cole y sigue tan campante..