La Audiencia Nacional ha condenado a 24 años y medio de cárcel a un español nacido en Venezuela por quemar viva en ese país en 2009 a su novia venezolana, a la que maltrataba y que murió días después de la agresión, tras haberse dado él a la fuga hasta que fue detenido en España dos años después.
En su sentencia, la sección primera de la Sala de lo Penal condena al acusado, Alejandro Iglesias Zurita, a 23 años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a un año y seis meses por malos tratos habituales, así como a que indemnice a los padres de la víctima con 300.000 euros, además de prohibirle acercarse a ellos a menos de 500 metros durante 33 años.
La Audiencia Nacional le abrió un procedimiento por este asesinato al no prosperar su extradición a Venezuela, que reclamó la entrega del acusado para juzgarle en ese país a raíz de su detención en Santiago de Compostela (A Coruña) el 14 de junio de 2011.
La entrega finalmente no se produjo, porque la Audiencia Nacional, al acceder a su extradición, puso como condición que en el plazo de dos meses las autoridades venezolanas tenían que ofrecer garantías de reciprocidad y entregar a reclamados españoles, como era el caso en aquellas fechas del etarra Arturo Cubillas, al que después se sumó José Ignacio de Juana Chaos.
Los hechos por los que finalmente ha sido condenado en España ocurrieron en la madrugada del 29 de junio de 2009 en el apartamento que la víctima, Bárbara Miguel González Camanica, de 26 años, en la ciudad de El Tigre, en el estado de Anzóategui.
La pareja mantenía una relación sentimental desde 2004 y se conocieron porque ella trabajaba como secretaria en una empresa, Autos Global, propiedad del padre del acusado, quien vivía «de forma permanente» en la República Bolivariana de Venezuela.
El día de la agresión, ella se disponía a romper la relación con él a causa de los malos tratos que le infligía, lo que desembocó en una fuerte discusión, y el acusado comenzó a golpearla «repetidamente» por todo el cuerpo, «mientras ella suplicaba que no la maltratara más».
Al final, la estampó «fuertemente» contra la pared «dejándola conmocionada, para acto seguido y con ánimo de acabar con su vida colocarla boca arriba sobre la cama, vulnerable e indefensa y completamente desnuda, y tras rociarla con gasolina (...), la prendió fuego, provocando que ardiera de forma casi inmediata».
Al ver que aún se encontraba con vida, el acusado la trasladó en su vehículo a una clínica cercana y le dijo al vigilante de seguridad que no conocía a la víctima, insistiendo en querer abandonar el lugar, pero el vigilante se lo impidió.
Tras hacerse cargo de los gastos de hospitalización y quirófano, permaneció en el centro hospitalario lo suficiente para contestar a las preguntas de los médicos, «obteniendo como única respuesta» que se había quemado con gasolina «sin especificar más circunstancias» y respondiendo «de manera contradictoria y con evasivas», según la sentencia.
Esa actitud sospechosa llevó al personal de la clínica a dar aviso a la Policía y a cerrar las puertas para evitar la huida del acusado, que finalmente fue trasladado a dependencias de la Policía Municipal de El Tigre, en donde por causas que se desconocen y que están siendo investigadas, fue puesto en libertad.
Aprovechó entonces esta circunstancia para ir con su padre al apartamento para hacer desaparecer «cuantas huellas y vestigios incriminatorios» hubiese allí como «la ropa de la víctima, una cuerda, y cinta adhesiva» que metieron en una bolsa negra de plástico que fue después hallada en el coche del acusado, que se dio después a la fuga, abandonando el país por la frontera de Brasil.
La mujer sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en el 80 % de su cuerpo y tuvo que ser trasladada a la Unidad de Quemados del Hospital Militar de Caracas el 5 de julio, donde murió «a causa de un edema cerebral y pulmonar severos, como complicación de las graves quemaduras».
4 comentarios
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Alevosía significa mala intención y en éste caso es indudable que lo hay. El caso de Asunta aún se está juzgando para saber lo que pasó en realidad., parece que si lo hubo, pero aún no lo sabemos todo. Y yo no sé si es que no se expresan con claridad, pero para este tipo de noticias, siempre salen algunos comentarios, que parece que defienden la violencia contra las mujeres,
Creo que nadie justifica la violencia. Por mi aún serían más años. Lo que comenta manu82 es lo que pasa siempre con las leyes, que las aplican según vaya. Claro que los padres de Asunta deberían tener más agravante. Es como lo de Rato, que todavía a estas alturas está en la calle riendose de todos, y un hombre con 2 niños pequeños tiene que entrar en prisión por haber robado una bici hace 8 años ¿proporcional y justo?
O sea que según el manu82 ese, está justificado matar a la novia y prenderle fuego. Tanto el asesinato de Asunta como el de esa chica son horribles. Los dos son horribles.
24 años, muy bien, ¿agravante de parenteasco? solamente era novia. Podria tatarse de un arrebato por celos... Me parece muy bien que este mal nacido cumpla sus 24 años en prisión. Pero me pregunto, ¿por qué, para Alfonso Basterra y Rosario Porto, presuntos asesinos de su hija Asunta, ahí si hay parentesco, hay alevosía y se trata de una menor indefensa, el fiscal pide solamente 18 años? No lo entiendo.