Imagen de Luis Rodríguez Toubes Rosselló durante el juicio por estafa en la Audiencia de Palma. | Alejandro Sepúlveda

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La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la sentencia de 7 años de cárcel por delito de estafa agravada para Luis Rodríguez-Toubes Roselló, por engañar a un matrimonio de Llucmajor y conseguir que le donase 15 inmuebles valorados en 38,9 millones de euros.

En su sentencia, el Supremo destaca que 'Luisito' practicó una modalidad de estafa conocida como «contrato o negocio criminalizado», convenciendo a la pareja, de escasa preparación, para figurar como titular fiduciario de la quincena de fincas para tener apariencia de solvencia en otras operaciones inmobiliarias que se comprometía a hacer en nombre de ellos, pero en realidad no tenía intención alguna de cumplir con lo convenido y devolverles las fincas.

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Aparte de ratificar la nulidad de las donaciones logradas por el acusado, éste es condenado a pagar 389.154 euros al matrimonio estafado.

El Supremo sólo modifica la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia de Mallorca en la determinación de la cuantía de la que debe responder la madre de Rodríguez-Toubes, Catalina Rosselló Cabanes, como responsable civil a título lucrativo, que establece en 355.657 euros en vez de los 389.154 euros que señaló la Audiencia. El motivo es que no está claro que 30.000 euros de esta última cantidad, cobrados por su hijo por la venta de una de las casas, fuese ingresada en su patrimonio.

Permanece inalterada la pena de 6 meses de prisión y multa de 240.000 euros para el constructor Antonio Garau Pou por delito de blanqueo de capitales por imprudencia, ya que dicho acusado no recurrió su condena.