Bofetón
La sentencia recoge que los hechos tuvieron lugar a las 10.00 horas del 29 de mayo de 2018 en la escoleta Niu d'Infants. La propietaria del centro de educación infantil, de 44 años y nacionalidad española, trató «de forma inadecuada» para su edad a la menor. La agarró y la zarandeó fuertemente del brazo, tirándola al suelo y dándole un bofetón. La mujer la dejó en el patio de la escoleta, en presencia de otros niños, sin prestarle más atención.
La niña sufrió un hematoma en el brazo que precisó una única asistencia médica y tardó dos días en curar. La propietaria de Niu d'Infants negó la agresión en el juicio celebrado a principios de octubre del año pasado: «No le pegué, la agarré del babero por detrás y la llevé andando al rincón de pensar porque había tirado de los pelos a un niño».
Una vecina grabó los hechos con su teléfono móvil y difundió el vídeo a través de Facebook. Las imágenes se hicieron virales en cuestión de horas y el padre de la víctima lamentó lo ocurrido. «Vi claro cómo sacudía a mi hija como si fuese una sábana», escribió en la red social.
El juez de lo Penal 3 señala en el fallo que en el vídeo queda constatado el abuso de superioridad de la acusada «golpeando injustificadamente a una niña de tan solo 28 meses, quebrando también la confianza depositada por los padres en la escoleta». El tribunal de la Audiencia señala que los hechos probados «son claros» y que el trato de la acusada hacia la menor «fue inadecuado». Los jueces se centran en el vídeo grabado por la vecina para fundamentar la ratificación de la condena. «El móvil se ha convertido en una herramienta casi imprescindible en la vida diaria y, aunque el vídeo está grabado a cierta distancia y la calidad de las imágenes no es óptima, se ve y se escucha claramente lo que ocurrió».
La Sala se remite al informe de Urgencias en el que consta que la niña presentaba un hematoma en la mano izquierda. «Esta lesión es perfectamente compatible con el golpe que recibe la menor precisamente en esa mano, cuando es sentada de manera brusca con zarandeo y golpe contra el suelo».
Inhabilitación
El tribunal se opone a inhabilitar a la propietaria de la escoleta de Son Gotleu, que cerró tras estos hechos. «El juez de lo Penal ha valorado la inexistencia de antecedentes penales y la imposibilidad de dar por acreditado que se hayan producido episodios similares. Consideramos que la opción de trabajos en beneficio de la comunidad es adecuada y que está perfectamente motivada».
3 comentarios
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Pegarle a un niño siempre sale muy barato (y cuanto más pequeños, peor) la gente que hace este tipo de cosas no debería poder dedicarse justamente a esa profesión, lo suyo hubiera sido una INHABILITACIÓN
La escoleta no está cerrada, lo hizo durante unos meses y volvió a abrir en el mismo lugar con otro nombre.
Hay sucesos que no se pueden valorar con dinero. Pero es sumamente preocupante que la indemnización por estas lesiones hacia una niña pequeña sea de 100 euros. Es una broma no? Si la multas de tránsito superan ampliamente ese valor. A cuántos niños habrá zarandeado esta mujer.? Que no es lo mismo que aparcar mal el coche