TW
0

El tenista argentino Mariano Puerta, finalista del torneo de Roland Garros 2005, ha sido suspendido por ocho años tras dar positivo por una sustancia estimulante en el control de dopaje posterior a la final que perdió contra el mallorquín Rafael Nadal, el 5 de junio pasado. De acuerdo con el código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Federación Internacional le ha impuesto una sanción de ocho años de suspensión, que empieza a contar desde el 5 de junio pasado. En aquél partido, Rafael Nadal inscribió su nombre por primera vez en el Grand Slam al imponerse a Mariano Puerta por 6-7 (6), 6-3, 6-1 y 7-5 en tres horas y 24 minutos. El tribunal independiente que ha examinado el caso de Puerta decidió también que todos los resultados del jugador argentino conseguidos a partir de esa fecha quedan anulados y que perderá los puntos obtenidos para la clasificación mundial así como los 330.925 dólares que había ganado en premios desde entonces.

El tenista argentino, de 27 años, ya fue suspendido nueve meses en 2004 por consumo de clenbuterol. El Tribunal Independiente halló «culpable» a Mariano Puerta de violar el reglamento contra el dopaje, de acuerdo con el artículo C.1 que regula la presencia de sustancias prohibidas en las muestras depositadas por los deportistas. La sustancia hallada en el análisis es etilefrina, que figura en la lista de productos prohibidos tanto de la AMA como de la Federación Internacional de Tenis. El tribunal, formado por los doctores Tim Kerr, José Pascual e Inggard Lereim, examinó el caso en Londres los días 6 y 7 de diciembre del presente año y resolvió que el positivo de Mariano Puerta se debió a la administración de etilefrina.

Puerta queda, por tanto descalificado del torneo de Roland Garrós y perderá, igualmente, los puntos ganados así como los 440.000 dólares que ganó en dicho torneo en la modalidad individual y los 3.282 en la de dobles.

El jugador argentino ya fue sancionado el 2003 por consumo de clembuterol, un esteroide anabolizante, y estuvo nueve meses sin poder jugar, por lo que se trata de un caso de reincidencia. El Tribunal desestimó la apelación de Puerta, que alegó una simple «negligencia». Ahora dispone de tres semanas para apelar contra esta sentencia que prácticamente le obliga a retirarse de la competición. El 6 de octubre pasado, con ocasión del torneo de Tokio, Puerta afirmó que consumió tabletas de antiinflamatorios después de su partido de semifinales de Roland Garros frente al ruso Nikolay Davydenko, pero negó en todo momento que su positivo por dopaje se deba, como reveló el análisis, al consumo de una sustancia estimulante.