Según la misma, las Federaciones nacionales que no se hayan clasificado para los Juegos Olímpicos del próximo año en Pekín, iniciarán el proceso electoral en el primer trimestre de 2008 y el resto lo harán después de la cita olímpica.
A juicio del Gobierno, es en este primer trimestre cuando existe una menor acumulación de competiciones deportivas de máximo nivel. No obstante, la Orden Ministerial amplía el plazo al segundo semestre, una vez finalizados los Juegos, para aquellas Federaciones nacionales que sí participen en la cita de la capital china.
En cambio, se mantienen los plazos para las Federaciones deportivas españolas que participen en los Juegos de invierno, de las Federaciones Paralímpicas y las Agrupaciones de clubes de ámbito estatal.
Otro de los cambios afecta a la regulación del sistema del voto por correo que, en adelante, seguirá los mismos cánones que los que se establecen en política para las elecciones generales, es decir, que deberá depositarse en las oficinas de correos después de verificar la identidad del votante.
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