«En primer lugar, -indica Competición- debe hacerse referencia a la primera amonestación recibida por el jugador D. Franco Matías Russo. La recibió en el minuto 40 de juego por 'discutir con un contrario sin llegar a insultos ni amenazas'. El club alega que, tal y como demostrarían las imágenes que aporta, este jugador no discutió en ningún momento con ningún jugador contrario, sino que trató en todo momento de calmar la situación y separar a los jugadores que protagonizaron la trifulca. Sin embargo, en opinión de este Comité, resulta imposible concluir esto de modo indubitado una vez visionadas las imágenes. No queda probado el error material manifiesto en la apreciación realizada por el colegiado de lo ocurrido en ese momento y, en consecuencia, la veracidad de lo que hizo constar en el acta. Hubiese sido necesario en todo caso la prueba de un error claro o patente, independientemente de toda opinión, valoración, interpretación o calificación jurídica que pueda hacerse, circunstancias que no se dan en este caso», apunta Competición respecto a la primera amarilla.
En relación a la segunda amarilla y a la expulsión, el Comité declara: «Russo recibidó una segunda amonestación, que determinó su expulsión en el minuto 63 por 'jugar el balón con el brazo derecho, cortando un disparo a portería'. En este caso, el club vuelve a alegar la existencia de un error material manifiesto, negando que el balón impactase en el brazo. Y se apoya, en particular, en las Reglas de Juego de la IFAB aplicables en la presente temporada y en una Circular del Comité Técnico de Árbitros. Hay que recordar, -prosigue el documento del Comité- que en primer lugar, es el árbitro el competente para interpretar y aplicar durante el encuentro tanto las Reglas del Juego como las Circulares del Comité Técnico de Árbitros. La labor de este Comité se circunscribe, de acuerdo con la normativa disciplinaria que debe aplicar, a determinar si lo constatado por el colegiado en el acta arbitral responde a un error material manifiesto, tal y como ha quedado definido en esta resolución«.
«Como ya se ha señalado, en opinión de este Comité de Competición, esto no ocurre en este caso. Y ello porque las imágenes aportadas por el club no lograr desvirtuar tampoco en este caso el relato arbitral, al no conseguir probar de modo indubitado el error en la apreciación realizada por el colegiado. No es posible verificar si el balón impacta en el brazo o el codo del jugador", concluye el escrito del Comité de Competición.
4 comentarios
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Todo esto se podría entender si no hubiera de por medio una tecnología que en teoría debería utilizarse para solucionar dudas y ser justos con todos los equipos, pero parece ser que no va así, y tenía entendido que ante la duda del árbitro en cualquier acción o sin estar seguro de ella ésta no se pitaba, pero este caso debía de ser especial, ¿verdad?. Venga, a nosotros sí que nos deben más de una!
Nos toman el pelo con palabras rebuscadas que no tienen sentido. Es de vergüenza que nos quieran hacer comulgar con ruedas de molino y esto es un juego imaginense en la vida real, alguna sentencia se te queda la cara de bobo y tira palante, aunque en los mallorquinistas ya nos vamos acostumbrando a quedarnos con la cara de bobo.
O sea, que le pitaron mano porque vieron que el balón le dio en la mano que no le dió, porque le dio en el codo izquierdo. De verdad no lo ven bien ni por televisión? Después no quieren que pensemos mal
Claro, Russo no es Casemiro, a quien se le permite todo. A Russo, si hay duda se le condena. Presuncion de culpabilidad.