Algunas de ellas son de carácter obligatorio mientras que otras son recomendables.
En el caso de las condiciones obligatorias se consideran mínimos exigibles y figuran aspectos como la exposición al público de la información sobre los ecosistemas litorales, espacios naturales sensibles y especies protegidas en esa zona, así como la información actualizada sobre la calidad de las aguas de baño. También, cada Ayuntamiento debe demostrar que se ofrecen al público, como mínimo, cinco actividades de información y educación ambiental.
La calidad excelente de las aguas de baño, la ausencia de vertidos y basuras o la presencia de socorristas son otros aspectos imperativos.