La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado traslado a la Fiscalía de la querella presentada por la defensa de Juana Rivas por presunto "maltrato institucional" contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, el magistrado Manuel Piñar, que la condenó inicialmente a cinco años de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores de edad después de que los sacara de Italia en 2016 sin permiso paterno y los trajera a España.
Tras recibir el pasado viernes la querella, al ser el órgano competente al estar aforado el magistrado, el TSJA informó de que daba traslado este lunes a la Fiscalía para que informe sobre la admisión o no de dicha querella, un informe que no es vinculante.
Una vez que conteste la Fiscalía del TSJA, la Sala será la que decida si admite a trámite o no la querella, una decisión que está prevista en principio para septiembre, según han detallado fuentes de ambos organismos a Europa Press.
La querella se presenta por un delito continuado de prevaricación judicial y atentado contra la integridad moral (maltrato institucional) por las supuestas "ilegales decisiones" adoptadas por el juez "durante la tramitación de la ejecutoria", según especificaron los abogados de Rivas en un comunicado.
El caso de esta madre de Maracena (Granada) llegó hasta el Tribunal Supremo, que rebajó de cinco a dos años y medio la pena de prisión y que finalmente fue indultada por el Gobierno en noviembre del año pasado.
Los abogados de Rivas acusan al juez Manuel Piñar de tramitar el expediente de indulto "careciendo absolutamente de competencia para ello" y "con la única intención de informar negativamente" con "absoluta parcialidad, alterando intencionadamente la realidad y ocultando la propia existencia de ese expediente a la defensa".
"En efecto, sabiendo perfectamente que la sentencia condenatoria firme que se despachaba en la ejecutoria de Juana Rivas fue dictada por el Tribunal Supremo, ha usurpado las atribuciones de nuestro más alto tribunal, dando lugar a la existencia de dos expedientes de indulto paralelos: uno debidamente informado por el Tribunal Supremo, y otro al que jamás debió darse curso, y que fue informado con manifiesta parcialidad por el querellado", afirman desde el equipo jurídico de Rivas.
Agregan que "al mismo tiempo, en el procedimiento penal, dictó varias resoluciones a sabiendas de su injusticia, con clara falta de imparcialidad y objetividad". Citan en este sentido un auto del 27 de mayo de 2021 en el que "se abre la ejecutoria y sin trámite alguno se acuerda la busca, captura e ingreso en prisión" de Juana Rivas. A su vez, mediante otro auto del 9 de mayo de 2021 "se acuerda no haber lugar a la suspensión de pena".
"tres absolutas falsedades"
La defensa de Rivas alega que estas decisiones "se amparan en tres absolutas falsedades: que la querellante no se había arrepentido de su conducta (cuando consta lo contrario en los informes penitenciarios e incluso reconoció su error en medios de comunicación), que había reiterado la conducta de sustracción de menores en el extranjero (cuando la realidad es que no tiene ningún otro procedimiento en ningún país del mundo), y lo más grave, que habría permitido el abuso sexual de uno de sus hijos, una acusación tan infundada y cruel que constituye un atentado contra la integridad moral" de esta madre, según exponen.
Para justificar la supuesta "ausencia de imparcialidad del magistrado" precisan los abogados de Juana Rivas que ella "le conocía desde hace años, dado que era amiga de las hermanas del querellado y tuvo siempre con ella una relación tensa por su falta de sintonía ideológica".
"Basta una ojeada al contenido en abierto difundido a través de la página personal del querellado en la red social Facebook para advertir su marcada antipatía hacia las políticas de igualdad y contrarias a la violencia de género", agrega el equipo jurídico de Rivas, que ha interpuesto esta querella ante el TSJA por tener el juez la condición de aforado al ser un magistrado en activo.
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