El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considera que el alcalde de Carboneras (Almería), José Luis Amérigo, ha «incumplido» la orden que le dio en mayo para que certificase oficialmente si ha modificado o no como debe por imperativo legal la calificación del Algarrobico «a suelo no urbanizable de especial protección» en su planeamiento urbanístico pero, a la espera de decidir si le multa o no, le requiere para que, cada 15 días, remita informes.
En concreto, pide que dé a la sala «clara información» sobre qué está haciendo para cumplir la sentencia que le obliga a anular los sectores urbanísticos ST-1 sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol y el ST-2 o Canillar, donde también consta previsto desarrollo residencial.
En una providencia consultada por Europa Press, el tribunal declara concluido, asimismo, el plazo que concedió a Amérigo para alegar contra el apercibimiento de multas coercitivas semanales de 250 euros, por lo que ahora debe resolver si le impone finalmente sanción o, incluso, si remite testimonio a Fiscalía para depurar responsabilidades penales por posible desobediencia.
Con «carácter previo» a esta decisión, el TSJA requiere al regidor carbonero, en una especie de prórroga con condiciones, para que «disponga lo necesario para que, cada 15 días, dé al tribunal clara información de las actuaciones realizadas» y le avisa de que debe «certificar debidamente cualquier circunstancia que impida» que esta ejecución se lleve a cabo con «la máxima celeridad».
Los colectivos ecologistas personados en el procedimiento, y que solicitaron la ejecución de la resolución judicial firme que desde 2018 declara que ambos parajes gozan de especial protección en el parque natural de Cabo de Gata y son suelo no urbanizable, se opusieron a la concesión de la prórroga que solicitó el Ayuntamiento.
Trasladaron al tribunal que el consistorio se ha dedicado y se dedica a «eludir sistemáticamente el cumplimiento de cualquier sentencia relacionada con el Algarrobico», y que este no sería «un caso aislado de desobediencia» ya que habría utilizado para pedir más plazo la «misma disculpa» que ya usó para «no adaptar» el PGOU al deslinde realizado de acuerdo a la ley de Costas en ese mismo tramo litoral.
El ayuntamiento carbonero alegó al TSJA para pedir que se ampliase el plazo que la ejecución de la sentencia supone realizar «actuaciones complejas que implican la intervención de diferentes» administraciones y alega la falta de «medios» municipales, ya que «no dispone, a día de la fecha, de arquitecto municipal», según concretaba aunque esta carencia se subsanó semanas después.
Le comunicó, asimismo, que, atendiendo a lo que tilda de «nuevo requerimiento» de la sala, había procedido a «reaperturar» mediante un Decreto de Alcaldía el expediente de ejecución y a recabar «informes precisos en orden a la modificación del planeamiento municipal» y sobre «la suficiencia de las actuaciones ya emprendidas» por la administración local para su cumplimiento.
Con esto aludía a una modificación de planeamiento que no llegó a aprobarse en pleno, ante el que solo se hizo una dación de cuenta, que se publicó como tal en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) hace ahora un año y sobre cuya validez legal ya arrojaron dudas colectivos ecologistas por tratarse, según lo calificaron, de «una maniobra municipal para eludir la acción de la justicia».
De este modo, al no haber sido «aprobada provisionalmente por el pleno» de la corporación local, que solo «tomó conocimiento», no se daba el requisito preceptivo para que tal modificación pudiera ser inscrita en el Registro General de Planeamiento Urbanístico de la Junta de Andalucía.
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