La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, de la que depende el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), trabaja en un cambio normativo que se marca, entre otros conceptos subvencionables, «el asesoramiento a las mujeres ante posibles situaciones de discriminación por situación familiar en cualquiera de los ámbitos del objeto, garantizándose de manera expresa la gratuidad del servicio y la no necesidad de estar afiliada a ningún sindicato para poder ser atendida».
El borrrador de la Orden, consultado por Europa Press, cambiará, a su vez, la Orden de 18 de mayo de 2021, que regulaba igualmente las bases de las subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) a organizaciones sindicales para un servicio de defensa legal para mujeres que sufren algún tipo de discriminación laboral por razón de sexo.
El plazo de alegaciones sobre este borrador de orden se abrió el día 7 de este mes y concluye el día 29.
La Consejería apela a «la experiencia obtenida» para cambiar esa orden de 2021 con el objetivo de que «el servicio se preste por las entidades beneficiarias en todo el territorio de la Comunidad».
La Junta de Andalucía califica de «imprescindible» que el 80% de los gastos subvencionables se dediquen a «la retribución del asesoramiento efectivo de los profesionales que van a atender a dichas mujeres», así como garantizar «la gratuidad para las beneficiarias atendidas por las entidades subvencionadas».
En la memoria económica del proyecto de orden se pone de manifiesto que las ayudas a los sindicatos para este asesoramiento jurídico y laboral fue de 140.000 euros en 2018, de 70.000 euros en 2019, y en 2021 ha sido de 254.926,68 euros, aunque es una cantidad que se desglosa en dos anualidades de 127.463,34 euros para los ejercicios 2021 y 2022.
En los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2020 no hubo convocatoria de ayudas.
En el cuadro resumen de las bases reguladoras aparecen como conceptos subvencionables «la defensa legal, el asesoramiento jurídico y la defensa procesal de aquellas mujeres que sufren discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral y contencioso administrativo», junto con «las actuaciones para combatir y eliminar la discriminación que sufren las mujeres durante su vida laboral, y a erradicar la violencia de género en el ámbito laboral en las formas de acoso sexual y acoso por razón de sexo».
Las entidades que podrán optar a estas ayudas son los sindicatos con implantación en toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como «las entidades que estén vinculadas y participadas al 100% por las organizaciones sindicales y a través de las cuales realizan el asesoramiento y defensa jurídica de las trabajadoras».
La Consejería prevé que la cuantía máxima subvencionable es de 70.000 euros para afrontar gastos como «las nóminas del personal destinado al programa, asignándose como mínimo el 80% del total a este gasto», además de «los gastos de difusión y materiales, la impartición de formación, las dietas y desplazamientos, los gastos de auditoría y los gastos de colegiación», con la advertencia de que «en ningún caso se aceptarán gastos de inversión».
Inclusión Social advierte para «el correcto y adecuado cumplimiento de la finalidad de la subvención concedida» sobre la necesidad de «la adecuación del plazo de ejecución a la prestación que se subvenciona desde el momento de la concesión» para «solucionar los problemas detectados» en las convocatorias anteriores.
El Gobierno andaluz recuerda que la Ley 12/2007 para la promoción de la igualdad de género en Andalucía contempla como atribuciones del Instituto Andaluz de la Mujer «la defensa y asistencia a las mujeres ante situaciones de discriminación por razón de sexo, y la promoción del cumplimiento del principio de igualdad de trato de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Andalucía».
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