El Defensor del Pueblo ha recomendado a la Comunidad de Madrid que dote a los juzgados de salas adecuadas para las víctimas y, en especial, para aquellas en situación de especial vulnerabilidad como menores o víctimas de violencia de género con la finalidad de evitar el contacto físico con los agresores durante cualquiera de las fases de celebración del juicio.
Así consta en el informe anual del Defensor del Pueblo correspondiente al año 2022 en el que se recogen una serie de recomendaciones a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid en el ámbito de la Administración de Justicia madrileña.
Es habitual ver en los juzgados como víctimas y sus verdugos se cruzan en los pasillos, una situación que prevé desterrar las instalaciones con las que cuente la futura Ciudad de la Justicia de Valdebebas. Esta megasede judicial, que está en pleno proceso de adjudicación, contará con itinerarios separados entre víctimas y agresores.
El informe recoge que el Defensor del Pueblo recomendó a la consejería competente de la Comunidad de Madrid que adoptara un plan general para dotar, a todos los juzgados de la misma, de salas para las víctimas y que dicho plan sea acompañado del presupuesto y de los recursos económicos necesarios, para que pueda ser puesto en marcha en el más breve tiempo posible.
Plazas vacantes
La institución emplaza igualmente a la Comunidad de Madrid a tomar las medidas que sean necesarias para que se cubran las plazas vacantes en los órganos judiciales, y se garantice la formación jurídica y el conocimiento procesal oportuno de los funcionarios interinos, cuando accedan al servicio del órgano judicial.
De igual modo, se aconseja a Madrid que reforme la legislación sobre las bolsas de trabajo para personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia, «garantizando que todos los aspirantes adquieren la cualificación y competencia profesional suficiente antes de su incorporación al puesto de trabajo».
Según el documento, estas reformas pueden consistir en el establecimiento de esta cualificación como requisito de acceso a las bolsas de trabajo, o la obligatoriedad de realización del curso de formación durante el tiempo en el que están esperando plaza y antes de su efectivo acceso al puesto de trabajo.
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