Una persona sujeta una pancarta durante una protesta sobre el Plan 18000 Venta de Suelo, frente a las puertas del Ayuntamiento | Carlos Luján - Europa Press

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Los votos de todos los grupos han sacado adelante por unanimidad la enmienda de adición firmada por el PP a las proposiciones de PSOE y Más Madrid para dar una salida al Plan 18.000, de modo que los titulares del mismo sean excluidos de la prohibición de la enajenación de viviendas, como señalaban los Pactos de la Villa.

Los concejales José Luis Nieto (Más Madrid) y Pedro Barrero (PSOE) han elevado al último Pleno ordinario del mandato sendas proposiciones para dejar sin efecto el pliego general de pactos y condiciones del Plan 18.000, que toma su nombre de un programa del Ayuntamiento de la capital de los años 90 para construir viviendas protegidas en terreno público, de modo que los ciudadanos únicamente adquirían un derecho de superficie durante unos años, no la plena propiedad.

Más Madrid planteará que se delegue en la Corporación que gobierne tras los comicios del próximo 28 de mayo la solución a abordar. El PSOE también ha propuesto que la Corporación entrante deberá iniciar un proceso de diálogo con los afectados y la plataforma.

El delegado de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes (CS), ha afirmado no entender el sentido de estas proposiciones porque «el pliego ya está paralizado». Se hizo el pasado 20 de abril mediante un decreto de desistimiento.

Sobre el segundo punto, Fuentes se ha preguntado «por qué se tiene que esperar» a la siguiente Corporación cuando ya se ha convocado una reunión el próximo 3 de mayo para poder aprobar una adenda de los Acuerdos de la Villa.

El PP ha presentado una enmienda para que el Ayuntamiento excluya a los titulares del Plan 18.000 de la prohibición de enajenación de esas viviendas

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En uno de los Acuerdos de la Villa, recuerda el PP, todos los grupos acordaron que «ningún suelo ni vivienda destinados a protección pública podrán ser enajenados en ningún caso por el Ayuntamiento de Madrid, quedando como patrimonio y titularidad de los madrileños y de la ciudad de Madrid».

El plan 18.000

Entre 1984 y 1997, el Consistorio de la capital puso en el mercado parcelas pertenecientes al patrimonio municipal destinadas a la construcción de viviendas de Protección Oficial en régimen de cooperativa. Se hizo mediante la constitución de derechos de superficie con carácter gratuito durante 75 años a favor de los adjudicatarios, entre las que se encuentran el Plan 18.000.

Eran viviendas de protección oficial de promoción privada y de régimen general o especial. Desde el principio, superficiarios solicitaron adquirir la plena propiedad de sus viviendas mediante la compra de la cuota de suelo que les correspondiera de las viviendas, locales comerciales, anejos y garajes, en la misma proporción a las cuotas que dichos inmuebles tienen asignados en los elementos comunes que integran cada uno de los edificios construidos en las parcelas municipales cedidas en derecho de superficie.

Primero en 1992 y luego en 2009, el Ayuntamiento ofreció a los adjudicatarios la posibilidad de comprar la parte proporcional del suelo que les correspondía en la división horizontal. El Pliego de Condiciones Económico-Administrativas del 24 de noviembre de 2009, que regía la enajenación directa y onerosa, fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2012.

Ya en mayo de 2013, con Ana Botella en la Alcaldía, se aprobó un nuevo Pliego General de Pactos y Condiciones Económico-Administrativas, que estuvo vigente hasta el 30 de enero de 2018, con Manuela Carmena al frente. En este punto, el delegado de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes, criticó en una comisión del ramo que desde entonces no fue posible la compra de suelo «puesto que se desconocen los motivos por los que el anterior equipo de Gobierno no prorrogó los pliegos».

Pactos de la villa

Debido al interés de los superficiarios en adquirir su cuota de suelo para consolidar su plena propiedad, el pasado 26 de enero se aprobó un nuevo pliego «pero cumpliendo el acuerdo del Pleno» que incorporaba la medida consensuada en los Pactos de la Villa y propuesta por la oposición, que establece que «ningún suelo ni vivienda destinados a protección pública podrán ser enajenados en ningún caso por el Ayuntamiento de Madrid, quedando como patrimonio y titularidad de todos los madrileños».

Esto supone que el Ayuntamiento «no puede vender en este programa suelos destinados a protección pública, sólo los calificados como libres y a precio de mercado», mientras que los superficiarios del Plan 18.000 «consideran que es un agravio comparativo con respecto al resto, al haberlo podido comprar con la calificación de suelo protegido, con una valoración bien distinta y no libre, tal y como es condición obligatoria si se quiere cumplir con lo acordado en los Pactos de la Villa».