El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha instado al equipo de gobierno de la ciudad de València, presidido por María José Catalá (PP) y formado por PP y Vox, a facilitar el número de agentes de la Policía Local que está en situación de segunda actividad, diferenciando los que han accedido a ella por edad y por enfermedad.
Esta institución se ha pronunciado así en una resolución, consultada por Europa Press, emitida a partir de la queja presentada por el concejal de Compromís en el consistorio Ferran Puchades para reclamar que le fueran facilitados esos datos después de que los responsables municipales no se los trasladaran.
El defensor del pueblo valenciano recomienda, ante el escrito que Puchades le hizo llegar al respecto en noviembre, que «se facilite al autor de la queja» la información solicitada.
El Síndic de Greuges señala que el consistorio «está obligado a responder por escrito en un plazo no superior a un mes desde la recepción» de esta respuesta y precisa que esta «tendrá que manifestar, de manera inequívoca, su posicionamiento respecto de las recomendaciones o las sugerencias» de la presente resolución"
Asimismo, añade que si el Ayuntamiento expresa aceptación tendrá que hacer constar «las medidas adoptadas para su cumplimiento» y apunta que «si el plazo para cumplirlas resultara superior, la respuesta tendrá que justificar esa circunstancia e incluir el plazo concreto comprometido para ello». Además, detalla que la no aceptación deberá ser «motivada».
En la resolución, el defensor del pueblo valenciano destaca que «el autor de la queja es concejal del Ayuntamiento de València» y señala --tras aludir a la Constitución, a la Ley de Bases de Régimen Local y al Reglamento de las Entidades Locales-- su «derecho a participar de los asuntos públicos» y el de «obtener la información necesaria para el ejercicio de las funciones públicas» como edil, «como representante democráticamente elegidos por los vecinos».
En esta línea, el Síndic expone que «si los representantes elegidos por sufragio universal encuentran trabas para el desarrollo ordinario de su función, no solo se vulnera directamente el derecho fundamental el ejercicio de su cargo público sino que también, aunque sea de manera indirecta, se ponen obstáculos improcedentes a la plena efectividad del derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos».
Asimismo, manifiesta que entre las funciones de la representatividad «que constitucionalmente corresponde a los miembros de una corporación municipal está participar en la actividad de control del gobierno municipal» y «el derecho a obtener la información necesaria para ejercer» esas tareas. Además, sostiene que «la legislación específica en materia de régimen local ha querido que el acceso a la información de los concejales sea rápida, sin retrasos de ningún tipo», dado que eso «dificulta más allá de lo que es razonable el ejercicio de un derecho fundamental».
El Síndic de Greuges añade, aludiendo de nuevo a la ley, que «es muy importante contestar a las solicitudes presentadas por los concejales en el plazo máximo de cinco días naturales», dado que, «en caso contrario, se adquiere por silencio administrativo al derecho de acceso a la información pública solicitada».
"no comparte la respuesta municipal"
En la recomendación se explica que el consistorio indicó, en respuesta a la queja, que los datos que se le pedían sobre policías locales no es «una información que haya sido elaborada o adquirida» y que «habría que elaborarla». Igualmente, se recoge que el Ayuntamiento argumentó que al no tratarse «de información pública propiamente dicha» se trasladó al reclamante la posibilidad «de formular una pregunta al pleno o en comisión».
«Esta institución no comparte la respuesta municipal por diversas razones», indica el Síndic de Greuges, que detalla que la solicitada, «sin ninguna duda es información pública». Tras ello, reitera que «el derecho de los concejales a acceder a la información pública es fundamental» y merece «la máxima protección por parte de los poderes públicos».
Del mismo modo, sostiene que «facilitar información a un concejal no implica comunicarla a un sujeto externo a la organización municipal» y manifiesta que «un simple tratamiento informático» podría «facilitar» los datos que se piden en este caso.
Tras conocerse esta recomendación, Ferran Puchades ha afirmado que «tres veces y con tres excusas diferentes el gobierno de Catalá negó una información tan sencilla como facilitar un número», al tiempo que manifestado que el Síndic ha apuntado que «un simple tratamiento informático puede facilitar» los datos que pedía.
"ignorancia"
El edil de Compromís ha censurado la «la falta de criterio y la ignorancia de la normativa que han tenido el concejal de Policía Local, Jesús Carbonell, y el jefe de gabinete de la alcaldesa, Cristóbal Grau», al ofrecerle «contestaciones sin ningún fundamento para intentar disuadir a la oposición».
«Esta actitud obstrucionista demuestra que Catalá y sus concejales tienen voluntad de complicar la tarea de oposición» de los concejales «en defensa de los derechos de la ciudadanía y de las instituciones».
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