La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha impuesto una medida de seguridad de un máximo de 30 años de internamiento en un centro psiquiátrico al hombre de 48 años que acabó con la vida de su padre en Albolote, en marzo de 2022, usando un pico de obra cuando lo iba a acompañar a una cita de salud mental, unos hechos que un jurado popular consideró probados el pasado 11 de abril.
El fallo de la sentencia, consultado por Europa Press, le absolvía días después aplicándole la eximente completa de la responsabilidad penal por anomalía o alteración psíquica e imponiéndole la citada medida de seguridad.
La Fiscalía solicitaba que, como supuesto autor de un delito de asesinato, fuera internado por un plazo máximo de 25 años en aplicación de dicha eximente completa, después de que el jurado determinara que el acusado actuó con alevosía y ensañamiento, según detallaron a Europa Press fuentes del caso.
El ministerio público sólo introdujo algunas modificaciones en el relato de hechos en sus conclusiones definitivas, mientras que la acusación particular que ha ejercido el abogado José Antonio Orta en nombre de dos nietos de la víctima hijos del procesado, que interesaba provisionalmente 15 años de internamiento por supuesto homicidio, se adhirió a la solicitud de pena de la Fiscalía.
También en la última sesión de la vista oral, donde se vieron las periciales propuestas por las partes, una segunda acusación particular, en nombre de dos nietas, hijas de un segundo hijo ya fallecido, mantuvo su petición de internamiento por 30 años, y la defensa la solicitud de libre absolución o la aplicación en su caso de la citada eximente.
El procesado ha estado en prisión provisional por estos hechos desde el 31 de marzo de 2022. Según ya hizo constar la Fiscalía en el escrito de conclusiones provisionales, su padre, sobre las 9,30 horas del 30 de marzo de 2022, de 76 años en ese momento, se dirigió al domicilio de su hijo en Albolote con la intención de acompañarlo al centro de salud de Atarfe, también en el cinturón granadino, donde «tenía concertada una cita en el área de salud mental».
En el interior del garaje del citado inmueble, y en medio de una discusión, el hijo, que se declaró no culpable ante el jurado, diciendo que no recordaba nada, empezó a «golpear a su padre», y el progenitor le pidió en voz alta que no le pegara, pidiéndole las gafas pues no veía.
Acto seguido, según proseguía el ministerio público, «inopinadamente y sin que su padre», con dicha discapacidad visual, «tuviera ninguna posibilidad de defensa», también por su avanzada edad, el procesado, «con la clara intención de acabar con la vida de éste», cogió un pico de obra metálico de unos 50 centímetros de longitud.
Entonces «lo golpeó con dicho pico reiteradamente y con gran fuerza en la cabeza y en la parte superior del tórax, hasta que dicho anciano se desplomó cayendo al suelo». Posteriormente, trasladó el cuerpo de su padre arrastrándolo desde el interior de la cochera hasta la acera «donde lo dejó abandonado a su suerte». Fallecía esa misma tarde sobre las 16,45 horas.
Preguntado por el pico de obra, el procesado, en el inicio del juicio, el pasado 8 de abril, indicó que su padre «entra y sale con herramientas de su casa» pero que esa en concreto no la vio. Sí dijo recordar que fue detenido tras salir pasado el mediodía a la calle en Albolote «a buscar trabajo» sin que le dieran «ninguna» información de lo que había pasado. Tampoco tenía «conocimiento» de haber contado con diagnóstico psiquiátrico alguno.
Se querían "muchísimo"
La fiscal le preguntó en su declaración si había visto desde entonces a su padre, pero él se limitó a contestar que el progenitor le instaba a que se vieran cada mañana a las 9,00 horas. Se querían «muchísimo», añadió posteriormente el procesado en otro momento del interrogatorio, en el que respondió a todas las preguntas.
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