El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona ha acordado este martes aplicar la Ley de Amnistía a los 46 agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez Francisco Miralles sostiene que «la amnistía debe ser aplicada a los investigados en el presente procedimiento, ya que las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual».
Añade que estas actuaciones están «enmarcadas en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguido el mismo sin que se prolongaran en el tiempo más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales».
Afirma que los hechos investigados no fueron lo suficientemente graves como para excluirlos de la aplicación de esta medida de gracia, que no ampara delitos de lesiones penados con más de cinco años de prisión, ni tampoco delitos de torturas o trato degradante.
No hubo lesiones de gravedad
En el presente caso, el juez considera que ninguno de los uniformados lesionó de gravedad a quienes acudieron a los colegios electorales para participar en el referéndum del 1-O, pese a que las acusaciones populares ejercidas por Irídia, Òmnium Cultural y la ANC pedían que sus actuaciones no quedaran amparadas por esta ley.
Esta norma exime de responsabilidad penal, administrativa o contable a los autores de actos ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Catalunya el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2023, así como su preparación y sus consecuencias, siempre que se hayan producido entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023.
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