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El Parlamento de Irán aprobó ayer que las mujeres puedan abortar cuando el embarazo constituya un riesgo para sus vidas, así como en los casos que se compruebe que el feto sufre deformaciones congénitas.

La actual legislación iraní castiga con penas de cárcel de entre tres y diez años a las mujeres que se someten a un aborto y a los que lo practican.

«Se permite el aborto en los primeros cuatro meses de embarazo con la condición de que el matrimonio lo acepte y que tres médicos confirmen de que el feto sufre una deficiencia mental o malformación física, o que la vida de la madre esté en riesgo», según el texto legislativo divulgado por la agencia oficial iraní IRNA.

El proyecto de ley, que cuenta con el apoyo del presidente del país Mohamad Jatamí, fue aprobado por 127 de los 217 diputados que asistieron a los debates de la Cámara, que comenzaron el pasado domingo, mientras que las trece mujeres con escaño en el Parlamento no intervinieron en las discusiones de la nueva normativa, precisó, por su parte, la radio iraní.

La emisora local adelantó que ahora la ley será remitida al Consejo de Guardianes de la Constitución para cerciorarse de que el nuevo decreto no contradice los principios de la «Charia» o ley islámica, vigente en el país.

Asimismo, el Código Penal iraní obliga a los infractores a pagar la llamada «daya», indemnización establecida en la Charia por acabar con un feto humano. Según cifras extraoficiales, alrededor de 80.000 mujeres iraníes se someten anualmente a un aborto.

Los contrarios a esa ley alegan que ésta abrirá las puertas a abusos, mientras que los que la defienden dicen que la normativa evitará que muchas familias asuman el coste de criar niños con deficiencias y deformaciones.

Pese a una moral sexual muy conservadora en lo referente a la relación entre sexos, el aborto y los anticonceptivos no tienen en el Islam el estigma que sí se da en la moral católica oficial, según expertos.