Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears obliga a
la Comunitat Autònoma a reconocer el complemento de antigüedad a su
personal laboral. La demanda fue interpuesta por USO el pasado 20
de julio de 1999 a través del abogado Sebastià Rechach, quien,
curiosamente, hoy es un alto cargo del Govern balear.
El Tribunal considera probado que el artículo 43 del convenio
colectivo para el personal laboral de la Administración de la
Comunitat Autònoma establece un complemento, en concepto de
antigüedad, para el personal laboral fijo de plantilla, que se
devengará por período de tres años de servicios acumulados.
El sindicato USO acudió a los tribunales cuando el personal
laboral dejó de percibir dicho complemento, y en mayo de 1999 se
formuló ante la Consellería de la Funció Pública un escrito de
reclamación previa. Posteriormente, y según consta en la sentencia,
la Comisión Paritaria del convenio colectivo del personal laboral
de la Comunitat, también en abril de 1999, no se pronunció sobre la
solicitud del sindicato USO, que reclamaba que el personal laboral
contratado temporalmente "situación que afecta a 150 trabajadores"
cobrase dicho complemento de antigüedad.
No obstante, el Govern entendía que, según el convenio, sólo el
personal laboral fijo tenía derecho a dicho complemento. El
Ejecutivo rechazaba que trabajadores eventuales, temporeros o
interinos tuviesen derecho a cobrar un plus por antigüedad.
El Tribunal Superior de Justicia ordena al Govern a abonar dicho
complemento a los trabajadores laborales con carácter retroactivo.
Dichos complementos van de las 19.952 pesetas que ingresa un
técnico superior a las 18.004 pesetas de una limpiadora que ejerce
sus funciones en la Comunitat Autònoma.
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