La Audiencia Provincial de Palma condenó a Jordi Avellà a la pena
de cuatro años de inhabilitación especial para el empleo o cargo
público, así como al pago de las costas del juicio, como autor
responsable de un delito contra el deber de cumplimiento de la
prestación social sustitutoria. Avellà, de 21 años, electricista de
profesión y objetor de conciencia, tenía que cumplir la prestación
social en la pasada Universiada de Palma 99, pero no lo hizo.
«No podía arriesgarme a perder mi empleo y, además, no estaba de
acuerdo con realizar esos trabajos», dijo Avellà, que durante
cuatro años estará inhabilitado para desempeñar cualquier cargo al
servicio de las Administraciones, no recibirá subvenciones, becas o
ayudas públicas de cualquier tipo.
El tribunal señala que «una cosa es el derecho que se reconoce a
no realizar el servicio militar, pero la otra diferente es que no
se reconoce el derecho a negarse a realizar la prestación social
sustitutoria. Los servicios de este programa suponen actividades
que no violentan las convicciones personales de los que se oponen
al servicio militar, al carecer de esta última naturaleza». Añade
que el acusado «es responsdable del delito que se le imputa, en
concepto de autor, al haber ejecutado los hechos directa y
voluntariamente, mediante la conducta básica sancionada penalmente,
consistente en rehusar el cumplimiento de la prestación antes de su
incorporación señalada, negándose exteriorizadamente a cumplirla en
el destino y en los plazos previstos».
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