El Instituto Nacional de Estadística calificó ayer de «imposible»
que una persona pueda ser inscrita en el censo electoral una vez
muerta. El delegado provincial de Balears del INE, Joan Pons,
justificó que la aparición en el censo electoral de personas
argentinas vinculadas a Balears se debe a que una ley orgánica
exigía a los consulados que inscribiesen de oficio en el censo a
todos los emigrantes registrados en las oficinas consulares.
«Muchas personas residentes en el extranjero fallecen y sus
familiares no lo comunican a los consulados. Por este motivo siguen
en el censo», razonó Pons.
El INE ha comprobado que todos los casos de personas censadas en
Balears y que habían fallecido antes de las votaciones autonómicas
de 1999 fueron inscritas en 1996 de oficio por sus consulados. Por
este motivo aparecieron en el censo de las elecciones autonómicas
del 99, las primeras que se celebraron después de la aprobación de
la orden de abril de 1996 por la cual se dictaban normas técnicas
para la actualización mensual del censo electoral.
El INE ha comprobado que los fallecidos originarios de Balears y
cuyos nombres han sido difundidos forman parte del listado que los
consulados tuvieron que ampliar de oficio por orden del Gobierno
socialista. Ninguno de los fallecidos se inscribió a partir de
1996, lo que confirmaría que sí se produjo una manipulación del
censo. En el INE han descartado esta posibilidad. Según Joan Pons,
el INE actualiza el listado de los censos de emigrantes cuando
aparecen personas con más de 100 años de edad. A partir de ese
momento los consulados reciben la instrucción de revisar toda la
información, aunque no siempre pueden contrastarla. Muchos de ellos
han cambiado de domicilio y los funcionarios consulares no se
atreven a certificar los fallecimientos.
Esta tramitación es mucho más sencilla en Balears ya que son los
propios registros los que comunican los fallecimientos a
Estadística. La votación por parte de personas muertas también es
«prácticamente imposible», según el INE. Las personas censadas
reciben en sus domicilios todas las papeletas por correo
certificado. Las papeletas deben ser remitidas a la junta electoral
acompañadas por el certificado del censo, que se expide desde
Balears, y la documentación del votante. Este sistema se utiliza en
elecciones autonómicas, generales y europeas. El INE sólo puede
investigar si algún fallecido ha votado «cuando lo pide un juez o
un familiar». Por lo tanto, es imposible detectar si un fallecido
además de votar lo haya hecho a un determinado partido político,
según Joan Pons.
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