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El Consell de Govern aprobó ayer un decreto de la Conselleria de Medi Ambient en el que se establece que los propietaros de yates que ya tengan autorización para un amarre en los puertos del Govern no podrán solicitar otra en un puerto diferente. El decreto regula el uso de los puntos de amarre para las embarcaciones de recreo, ya que se considera que se trara de un bien «escaso» en un medio sobrecargado y saturado, como es la costa balear.

El decreto pretende regular las listas de espera para acceder a estos puntos de amarre y establecer los criterios de valoración para que, cuando se produzcan vacantes, se dé la autorización a los integrantes de la lista de espera por riguroso orden. Ésta es la primera vez que se regulan las autorizaciones de uso de los amarres en los puertos deportuvos de Balears, pero se mantienen las autorizaciones anteriores al decreto.

Según los datos de que dispone la Conselleria de Medi Ambient, en estos momentos existen en Balears unos 20.000 amarres, cuando hay 30.000 embarcaciones de ocio matriculadas en las Islas. En verano, el número de embarcaciones puede llegar a alcanzar las 37.000. Esta cifra, dividida por la longitud del litoral de las Islas, supondría una embarcación cada 25 metros de costa. Para el Govern, eso significa que la capacidad de carga de la costa está superando densidades límite.

De los 20.000 puestos de amarre, el 63 por ciento son gestionados de forma directa por el Govern. De ellos, 3.100 están gestionados de forma directa y otros 9.400 amarres se gestiona de forma indirecta mediante una concesión. Estos amarres se distribuyen en 18 puertos deportivos gestionados directamente y otros 28 más gestionados en régimen de concesión. El resto de amarres y de puertos son gestionados por la Autoritat Portuària. La Conselleria de Medi Ambient quiere hacer hincapié en que este decreto afecta de forma exclusiva a las embarcaciones de recreo no profesionales y en las instalaciones portuarias que gestiona directamente el Govern.