Rueda de prensa del Consejo de Ministros que decidió recurrir la ecotasa ante el Tribunal Constitucional.

TW
0
O. QUINTANILLA/P. CANDIA El Gobierno central decidió ayer en Consejo de Ministros recurrir la polémica ecotasa aprobada por el Parlament balear ante el Tribunal Constitucional porque según aseguró su ministro portavoz, Pío Cabanillas «recae sobre hechos imponibles ya grabados con el IVA y con el impuesto sobre actividades económicas (IAE)».

El Gobierno que preside José María Aznar considera que la ecotasa, impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento, vulnera el régimen constitucional de distribución de competencias «al establecer un impuesto cuyo hecho imponible es sustancialmente idéntico con el del impuesto sobre el valor añadido» y recaer «sobre elementos materiales de riqueza gravados por el impuesto local sobre actividades económicas». A este respecto, fuentes gubernamentales señalaron que si se compara el impuesto balear con el IVA, se puede observar que «en ambos impuestos la capacidad económica gravada es la del consumidor de los servicios de alojamiento en establecimientos turísticos , en definitiva, establecimientos hoteleros o apartamentos arrendados con los servicios complementarios propios de un establecimiento hotelero».

También resulta patente, según el acuerdo del Consejo de Ministros, la incidencia del impuesto cuestionado en la materia gravada por el IAE, entre otras cosas, porque la norma balear fija las cuotas para determinados establecimientos de acuerdo, incluso con parámetros del Impuesto de Actividades Económicas. Pío Cabanillas, cuestionado ante la posibilidad de que Gobierno prohiba este impuesto, declaró que «no está capacitado para tales actuaciones por lo que ha decidido recurrir al Constitucional que será el que decida si este impuesto debe aplicarse o no».

El Gobierno ha resuelto extender el recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la ley por considerar que «la misma tiene por objeto exclusivamente el establecimiento de un tributo que se considera inconstitucional, de forma que, aunque los preceptos que regulan el objeto, hecho imponible, base imponible y demás elementos configuradores son los que inciden directamente en la contravención, todos los demás artículos resultan afectados de inconstitucionalidad por conexión». En este sentido, el gobierno pide que se suspenda la aplicación de esta figura impositiva al tiempo que reconoce que las Comunidades Autónomas pueden establecer sus propios impuestos «siempre y cuando no vulneren otras leyes o la propia Carta Magna».