El nuevo Plan de Pesca de Cabrera que aprobó ayer el Consejo de
Ministros establece en 20 el número máximo de embarcaciones que
pueden faenar al día en aguas del Parque Nacional
Marítimo-Terrestre e incluye como anexo un censo de los 84 buques
que cumplen las condiciones y, textualmente, «son susceptibles de
ser autorizados a desarrollar la pesca tradicional en la zona». En
una nota hecha pública el Gobierno recuerda que el Real Decreto
aprobado para establecer el régimen de protección de los recursos
pesqueros es «un instrumento clave para asegurar la biodiversidad
marina en el parque y, al mismo tiempo mantener una actividad
tradicional».
El plan, elaborado por la Administración del Parque Nacional,
nace con la idea de no incrementar el esfuerzo pesquero en la zona,
asegurar el mantenimiento de la actividad pesquera y permitir a las
cofradías locales, como representantes del sector, constituirse en
corresponsables en su ejecución.
De esta forma, la normativa se aplicará en todas las aguas del
parque nacional excepto un conjunto de zonas de regeneración donde
no se podrá faenar excepto con fines experimentales. En este
apartado se incluyen las zonas de reserva marina y las zonas de uso
moderado autorizadas para el buceo.
Asimismo se establecen un conjunto de vedas temporales
específicos para cada tipo de actividad pesquera y las artes
autorizadas, descartándose aquellas que no tienen un carácter
selectivo. La normativa, que tendrá una vigencia indefinida
independientemente de los ajustes que se pueden realizar, incluye
un mecanismo para el seguimiento continuado y el control de la
actividad, así como el régimen sancionador.
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