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Los juzgados de Palma han tramitado hasta septiembre de este año un total de 1.405 demandas de propietarios de pisos contra inquilinos morosos, frente a las 1.374 del mismo período de 2002. El aumento asciende a un 2,25%. El número de asuntos entrados en el Decanato por morosidad en el pago de los alquileres, no obstante, es aún mayor si se tienen en cuenta las demandas que entran como «otros procedimientos» y que también forman parte de los denominados «verbales arrendaticios».

Los jueces de Primera Instancia, asimismo, acordaron en junta dictar órdenes de lanzamiento para el inquilino moroso un mes después de celebrado el juicio en el partido judicial de Palma. Ese plazo se ampliará a dos meses casos que se registren en la Part Forana debido a las mayores dificultades que plantea este tipo de procedimientos en otras localidades, dónde son citados por los jueces de Paz. Todo ello, a expensas de que el denunciado no presente recursos o, en su defecto, abone las cantidades que le reclaman.

El principal problema que tienen los jueces para cumplir con ese plazo son los retrasos acumulados en los señalamientos y la dificultad para localizar a los supuestos morosos, primero, a través de una notificación por correo. Para ello, las modificaciones contempladas en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) permiten establecer un procedimiento más rápido para reclamar las rentas pendientes y conseguir el desalojo. Se nombrará, para ello, un abogado de oficio al inquilino con mayor rapidez. Los jueces de Palma, como lo han venido haciendo en los últimos años, se limitarán a aplicar lo que marque la legislación vigente.