Los juzgados de Palma han tramitado hasta septiembre de este año un
total de 1.405 demandas de propietarios de pisos contra inquilinos
morosos, frente a las 1.374 del mismo período de 2002. El aumento
asciende a un 2,25%. El número de asuntos entrados en el Decanato
por morosidad en el pago de los alquileres, no obstante, es aún
mayor si se tienen en cuenta las demandas que entran como «otros
procedimientos» y que también forman parte de los denominados
«verbales arrendaticios».
Los jueces de Primera Instancia, asimismo, acordaron en junta
dictar órdenes de lanzamiento para el inquilino moroso un mes
después de celebrado el juicio en el partido judicial de Palma. Ese
plazo se ampliará a dos meses casos que se registren en la Part
Forana debido a las mayores dificultades que plantea este tipo de
procedimientos en otras localidades, dónde son citados por los
jueces de Paz. Todo ello, a expensas de que el denunciado no
presente recursos o, en su defecto, abone las cantidades que le
reclaman.
El principal problema que tienen los jueces para cumplir con ese
plazo son los retrasos acumulados en los señalamientos y la
dificultad para localizar a los supuestos morosos, primero, a
través de una notificación por correo. Para ello, las
modificaciones contempladas en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)
permiten establecer un procedimiento más rápido para reclamar las
rentas pendientes y conseguir el desalojo. Se nombrará, para ello,
un abogado de oficio al inquilino con mayor rapidez. Los jueces de
Palma, como lo han venido haciendo en los últimos años, se
limitarán a aplicar lo que marque la legislación vigente.
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