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El proyecto de la Ley de Montes, al que sólo queda el trámite de aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados, concede el derecho de tanteo y retracto a las comunidades autónomas, por lo que la renuncia del Govern a este privilegio en los parques naturales de Balears podría verse inutilizada por la vigencia de la legislación estatal. El derecho de tanteo y retracto consiste en la preferencia que tiene la Administración a la hora de adquirir un terreno al precio acordado en principio entre un comprador y un vendedor, normalmente privados. El derecho de tanteo y retracto se refiere habitualmente al patrimonio natural y cultural.

De hecho, el Ejecutivo actual excluirá las fincas privadas de los parques naturales de Llevant y Cala d'Hort a partir del 1 de enero, aunque intentará que posteriormente se reintegren mediante acuerdos con los propietarios y a través de otra figura de protección que no prevea el derecho de tanteo y retracto. Sin embargo, la inminente aprobación definitiva de la Ley de Montes prevé que «las comunidades autónomas tendrán derecho de adquisición preferente en los siguientes casos de transmisiones onerosas: de montes de superficie superior a un límite a fijar por la comunidad autónoma correspondiente, en este caso la balear, y de montes clasificados como protectores».ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas».

El Govern del PP ha anunciado su intención de encontrar una nueva figura de protección para los espacios naturales de Balears que no contemple ese derecho. La posibilidad de un tanteo y retracto crea inquietud entre los propietarios y ése fue uno de los argumentos de titulares de terrenos de la comarca de Llevant para oponerse al parque natural que creó el Govern del Pacte de Progrés. Aunque no llegó a crearse el Parc de Tramuntana, propietarios de esta comarca también utilizaron este argumento.