Hoy entran en vigor los artículos del Reglamento General de
Circulación relativos a la utilización de chalecos reflectantes y
el uso de sistemas de retención para menores de 12 años cuando
viajen en vehículos turismo.
Los niños deben viajar siempre sujetos
Los menores de doce años deben usar sistemas de retención adecuados
cuando viajen en cualquier asiento de un turismo. Los dispositivos
de retención infantil serán obligatorios para los menores de tres
años, adaptados a su peso y talla. Para ello se han dispuestos
diferentes tramos de edad y peso, con su correspondiente modelo de
silla. Así, de cero a nueve meses se utilizará un cuco o cesta en
sentido contrario a la marcha; de nueve meses a tres años una silla
y de tres a seis años un cojín elevado con respaldo, entre otros.
Además, cualquier persona mayor de tres años que no supere una
altura de 150 centímetros también deberá utilizar un sistema de
sujeción homologado a su talla y peso.
Chalecos
reflectantes
La norma obliga a los conductores de turismos, autobuses y camiones
de más de 3.500 kilos, conjuntos de vehículos no agrícolas y los
conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de
acompañamiento a utilizar un chaleco reflectante de alta
visibilidad, cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el
arcén de las vías interurbanas. De esta forma, el chaleco es un
elemento obligatorio del conductor, pero no del vehículo, al
contrario que los triángulos. Para los conductores de turismo, esta
obligación, que será exigible desde hoy, ha tenido una carencia de
seis meses desde la entrada en vigor de este Reglamento. Antes de
esta nueva norma, sólo estaba regulada la obligación de uso de un
dispositivo retrorreflectante para peatones que durante la noche
caminaran por vías fuera de poblado.
Teléfonos móviles
Otras normas adoptadas por Tráfico para reducir los accidentes y
que ya estaban en vigor están relacionadas con los teléfonos
móviles. En el reglamento antiguo este tema no estaba regulado.
Ahora, se prohibe la utilización durante la conducción de teléfonos
móviles y cualquier otro medio o sistema de comunicación, salvo si
ésta se puede realizar sin emplear las manos ni usar cascos,
auriculares o instrumentos similares.
Radio y móvil estarán apagados al
repostar
Antes, el motor y las luces debían estar apagados al repostar
combustible; tras la entrada en vigor de la nueva norma también
deberán estar apagados los sistemas eléctricos y electromagnéticos,
como la radio y el móvil.
Circulación de emergencia por el arcén
Se ha ampliado la autorización a todos los vehículos que no excedan
de 3.500 kilógramos. La obligación de abandonar la vía en la
primera salida posible también se aplica en autovías.
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