Desde el levantamiento de la moratoria de pozos, hace un año, en
Mallorca se han solicitado 957 autorizaciones y 35 concesiones de
extracciones de agua, según datos aportados por la Conselleria de
Medi Ambient. La diferencia entre unas y otras radica en que las
autorizaciones sólo permiten extracciones inferiores a 7.000 metros
cúbicos anuales con una vigencia de un año prorrogable durante seis
meses, mientras que las concesiones pueden superar esas 7 toneladas
anuales.
De las 957 solicitudes de autorización, 812 corresponden a
viviendas unifamiliares en suelo rústico, mientras que las 145
restantes piden un regadío agrícola. De las 35 peticiones de
concesión, de momento sólo se han resuelto tres: dos para regadío y
una para abastecimiento de una comunidad de propietarios.
La gran diferencia en el número de solicitudes para autorización
o concesión tiene una explicación. Normalmente, el interesado pide
de forma inicial una autorización porque su procedimiento permite
comprobar si existe un caudal suficiente de agua para sus
necesidades. Una vez comprobado que es así, el interesado
solicitará una concesión, que permite una mayor extracción sin el
límite de un año prorrogable durante seis meses. Es decir, la
verdadera intención de los casi mil solicitantes de una
autorización es tramitar posteriormente y conseguir finalmente una
concesión.
La moratoria de pozos en 15 de los 21 acuíferos de Mallorca fue
ordenada en el año 2000, en plena sequía, con Margalida Rosselló
como consellera de Medi Ambient del Govern del Pacte de Progrés. El
objetivo de la medida era no extraer más recursos hídricos en esos
acuíferos ante el riesgo de salinizarlos o dificultar su
recuperación por sobreexplotación.
En 2003, esa medida fue flexibilizada y se permitió la
perforación de nuevos pozos, siempre y cuando el volumen de
extracciones en el acuífero correspondiente no se incrementase.
Así, si un ayuntamiento compraba agua a pozos particulares podía
iniciar otras perforaciones si dejaba de adquirir los recursos de
los primeros. Por otro lado, los derechos sobre un determinado
volumen de agua se podían repartir entre vecinos, a través de una
comunidad de usuarios, si las extracciones autorizadas sobrepasaban
las necesidades del concesionario del pozo. También se permitía la
utilización de aguas subterráneas saladas para sustituir, sobre
todo en usos recreativos, la de recursos potables.
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