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La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó hoy al etarra Diego Ugarte López de Arcaute a 100 años y 9 meses de prisión por el asesinato del portavoz del PSOE en el Parlamento vasco Fernando Buesa y su escolta, Jorge Díez, cometido el 22 de febrero de 2000. La sentencia, cuyo ponente fue el magistrado Alfonso Guevara, sienta un precedente en la Audiencia Nacional: impone a un terrorista de ETA, por primera vez, una orden de alejamiento por cinco años de las víctimas y familiares de Buesa y Díez, plazo que empezará a contarse una vez haya finalizado el cumplimiento íntegro de su pena.

El fallo prohíbe a López de Arcaute residir en el lugar de comisión del asesinato, Vitoria, o donde se encuentre el domicilio de las víctimas y sus familiares durante un plazo de cinco años. El Ministerio público cumplió con esta orden de alejamiento la instrucción que dio el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, para evitar situaciones como la de la viuda de Ramón Baglietto, asesinado por ETA en 1980, cuyo asesino está fuera de prisión y ha instalado un negocio frente a su casa.

La sentencia considera a Ugarte culpable de dos delitos de terrorismo con resultado de muerte, otros dos de terrorismo con resultado de lesiones, un delito de terrorismo con estragos y otro de falsificación de documento oficial. Por los daños morales provocados, el acusado deberá indemnizar -junto a los otros dos condenados- a la esposa y los hijos de Buesa con 300.506 euros, la misma cantidad que a los familiares de su escolta. También deberá pagar una compensación a dos mujeres heridas en el atentado, así como a los propietarios de los inmuebles y vehículos afectados.

Además, la sentencia de la Audiencia Nacional especifica que para aplicar beneficios penitenciarios y conceder en su día la libertad condicional de Ugarte, el cómputo se hará sobre la totalidad de la pena impuesta, es decir, 100 años y 9 meses. Diego Ugarte es el tercer condenado por un tribunal de la Audiencia por el asesinato de Buesa, además de Asier Carrera y Luis Mariñelarena.

La sentencia dictada considera probado que Arcaute, Carrera y Mariñelarena, integrantes del 'comando Ituren', siguieron durante más de un mes a Buesa para conocer sus horarios y los lugares por los solía pasar. En «diversas ocasiones», los etarras aparcaron una furgoneta robada en Tolosa, con matrículas troqueladas y cargada con 20 kilos de explosivo de 'goma' dentro de un envase metálico, en los lugares que Buesa solía recorrer.