La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó hoy
al etarra Diego Ugarte López de Arcaute a 100 años y 9 meses de
prisión por el asesinato del portavoz del PSOE en el Parlamento
vasco Fernando Buesa y su escolta, Jorge Díez, cometido el 22 de
febrero de 2000. La sentencia, cuyo ponente fue el magistrado
Alfonso Guevara, sienta un precedente en la Audiencia Nacional:
impone a un terrorista de ETA, por primera vez, una orden de
alejamiento por cinco años de las víctimas y familiares de Buesa y
Díez, plazo que empezará a contarse una vez haya finalizado el
cumplimiento íntegro de su pena.
El fallo prohíbe a López de Arcaute residir en el lugar de comisión
del asesinato, Vitoria, o donde se encuentre el domicilio de las
víctimas y sus familiares durante un plazo de cinco años. El
Ministerio público cumplió con esta orden de alejamiento la
instrucción que dio el Fiscal General del Estado, Cándido
Conde-Pumpido, para evitar situaciones como la de la viuda de Ramón
Baglietto, asesinado por ETA en 1980, cuyo asesino está fuera de
prisión y ha instalado un negocio frente a su casa.
La sentencia considera a Ugarte culpable de dos delitos de
terrorismo con resultado de muerte, otros dos de terrorismo con
resultado de lesiones, un delito de terrorismo con estragos y otro
de falsificación de documento oficial. Por los daños morales
provocados, el acusado deberá indemnizar -junto a los otros dos
condenados- a la esposa y los hijos de Buesa con 300.506 euros, la
misma cantidad que a los familiares de su escolta. También deberá
pagar una compensación a dos mujeres heridas en el atentado, así
como a los propietarios de los inmuebles y vehículos afectados.
Además, la sentencia de la Audiencia Nacional especifica que
para aplicar beneficios penitenciarios y conceder en su día la
libertad condicional de Ugarte, el cómputo se hará sobre la
totalidad de la pena impuesta, es decir, 100 años y 9 meses. Diego
Ugarte es el tercer condenado por un tribunal de la Audiencia por
el asesinato de Buesa, además de Asier Carrera y Luis
Mariñelarena.
La sentencia dictada considera probado que Arcaute, Carrera y
Mariñelarena, integrantes del 'comando Ituren', siguieron durante
más de un mes a Buesa para conocer sus horarios y los lugares por
los solía pasar. En «diversas ocasiones», los etarras aparcaron una
furgoneta robada en Tolosa, con matrículas troqueladas y cargada
con 20 kilos de explosivo de 'goma' dentro de un envase metálico,
en los lugares que Buesa solía recorrer.
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