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Durante el primer semestre de 2007 los centros acreditados para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo (abortos legales) en las Islas han notificado a la Conselleria de Salut i Consum un total de 1.597 intervenciones.

La mayoría de estas 1.597 notificaciones, un 95'6 por ciento provienen de centros privados y el resto, 4'4 por ciento de los centros públicos.
Un 90'4 por ciento de los casos notificados eran de mujeres residentes en Mallorca. Las residentes en Palma han supuesto la mitad de los casos (55'7 por ciento), seguidas de las residentes en Calvià (5'3%) y en Eivissa (4'8%).

La edad media de las mujeres que han abortado en el primer semestre de este año es de 27 años, desde los 14 años de las más jóvenes a los 48 años de la de mayor edad.

El 76'6 por ciento de las mujeres que han abortado este año cuentan con ingresos propios. La situación laboral más frecuente es la de trabajadora asalariada, en un 74'4 por ciento de los casos. El 50'8 por ciento de las mujeres que han abortado conviven en pareja y la mayoría, 63'7 por ciento, son solteras.

El 46'1 por ciento de las mujeres, 735, son originarias de países extranjeros; el 59'2 por ciento proceden de América y el 28 por ciento de Europa.
Por otra parte más de la mitad de las mujeres que han interrumpido su embarazo legalmente en las Islas durante el primer semestre de este año, un 53 por ciento, ya tenía algún hijo.

En las Islas sólo pueden practicar abortos legales de bajo riesgo (antes de las 12 semanas de gestación) dos clínicas privadas, EMECE y el Centro Médico Aragón. Ambas, según informan desde la Conselleria de Salut cuentan con todos los permisos y han sido inspeccionadas en estas últimas semanas.

Si se trata de un embarazo de alto riesgo, de más de 12 semanas de gestación, las mujeres pueden acudir a los hospitales de Son Dureta, Son Llàtzer, Manacor y Can Misses (Eivissa).

En España, la Ley 9/1985 permite el aborto tan sólo en tres supuestos especiales conocidos como aborto terapéutico, eugenésico y ético.
En el primer caso, el supuesto que debe darse es que el embarazo suponga un riesgo para la salud física o psíquica de la madre. No hay un plazo límite de gestación para interrumpir el embarazo. En este caso se necesita el dictamen de un médico distinto del que vaya a practicar el aborto.

El segundo caso, aborto eugenésico, se produce cuando se dan malformaciones graves y se presume que el feto podría nacer con taras físicas o psíquicas. El plazo para abortar es dentro de las 22 primeras semadas de gestación. Se requiere dictamen favorable de dos médicos especialistas.

En el caso de que el embarazo se produzca por un delito de violación, el aborto es legal si se realiza dentro de las 12 primeras semanas de gestación y si la violación ha sido denunciada previamente.

En los tres supuestos se tienen que cumplir tres requisitos: tiene que haber un consentimiento de la embarazada (salvo en caso de riesgo mortal de la gestante); se ha de realizar en un establecimiento sanitario acreditado, y debe realizarlo un médico.