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J.M La terminología urbanística es complicada y a diario se difunden palabras que sólo conocen los expertos y algunos políticos. Si los términos urbanísticos ya son complicados, la legislación también es extensa y afecta a todas las instituciones. Éstas son las definiciones sobre los términos urbanísticos más usados. Éste es el «abc» del urbanismo.

Suelo Urbano. Tienen la condición de suelo urbano los que cuentan, como mínimo, con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica o por estar consolidados por la edificación en la forma y con las características que establezca la legislación urbanística.  Normas Urbanísticas. Documento del Plan General que constituye un complemento indispensable de éste, pues definen las diferencias en el tratamiento aplicable a los distintos tipos y categorías de suelo. Las Normas Urbanísticas tendrán el carácter de Ordenanzas de la Edificación y Uso del Suelo y contendrán la reglamentación detallada del uso pormenorizado, volumen y condiciones higiénico-sanitarias de los terrenos y construcciones, así como las características estéticas de la ordenación, de la edificación y de su entorno.

Suelo Urbanizable. Categoría de suelo introducida por la Ley de Reforma de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1975. El desarrollo del Suelo Urbanizable No Programado podrá promoverse directamente, sin necesidad de concurso, mediante los instrumentos de planeamiento previstos en la legislación urbanística. El Suelo Urbanizable Programado es aquél apto para ser urbanizado no incluido en la categoría de Suelo Urbano y simultáneamente objeto de desarrollo durante los primeros ocho años de aplicación del Plan General.

Plan Parcial. Es el instrumento por el que se desarrollan las disposiciones de un Plan de Ordenación del Territorio (en concreto, las figuras del Plan General de Ordenación Urbana, y en su caso, las Normas Complementarias y Subsidiarias) en áreas de Suelo Urbano por medio de recursos de planificación en detalle (en terrenos con la calificación de Suelo Urbanizable No Programado, el objeto del Plan Parcial es el desarrollo de los Programas de Actuación Urbanística).

Edificabilidad. Se define la edificabilidad total de un polígono. La edificabilidad media se obtiene como cociente entre la edificabilidad total del polígono y la superficie total del mismo.