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Desde el 1 de enero, los cerca de 18.000 ciudadanos de Rumanía y Bulgaria que viven en las Islas ya pueden solicitar un trabajo por cuenta ajena y tener los mismos derechos laborales que los del resto de inmigrantes que proceden de los otros estados miembros de la Unión Europea.

Es decir estos ciudadanos pueden trabajar por cuenta ajena o propia -la mayoría de los residentes en las Islas lo estaban haciendo como autónomos- y tener derecho a cotizar el desempleo, en el caso de que hayan cotizado el periodo suficiente para poder cobrarlo.

La moratoria laboral de dos años que pesaba sobre ellos concluyó el 31 de diciembre de 2008. La citada moratoria es un mecanismo contemplado en los tratados de adhesión de ambos estados que permite al resto de los miembros aplicar un periodo transitorio a la libre circulación de trabajadores por cuenta ajena y que, en este caso, se ha aplicado durante dos años.

Antes de que finalizara la moratoria los ciudadanos búlgaros y rumanos que deseaban trabajar por cuenta ajena lo podían hacer pero cumpliendo una serie de requisitos.

El empresario que quería contratar a un ciudadano de Bulgaria o Rumanía que no tenía autorización para trabajar, tenía que presentar la correspondiente solicitud en la Oficina de Extranjería de la Delegación del Gobierno.

Una vez que el organismo competente informaba favorablemente sobre la misma, si el extranjero residía en Bulgaria o Rumanía debía solicitar al Consulado el correspondiente visado; y si el inmigrante ya residía legalmente en España, debía tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). En caso de no obtener todos estos papeles no podían trabajar por cuenta ajena.