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EUROPA PRESS-PALMA El Pleno del Parlament aprobará mañana el Proyecto de Ley de Comercio, que supondrá la suspensión de la moratoria de las grandes superficies aprobada por el Ejecutivo de Jaume Matas en el 2005, con el fin de adaptarse a la trasposición de la Directiva Europea de Servicios, más conocida como 'Directiva Bolkenstein, aprobada en 2006 por el Parlamento europeo y que entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Así, Balears se debe adaptar a la Directiva Bolkenstein antes del 28 de diciembre de este año, para lo cual el Govern se ha visto obligado a revisar la actual Ley de Comercio, debido a que el 50 por ciento de sus artículos se ha visto afectado por la citada normativa europea y, por tanto, deben ser modificados.

Concretamente, el pasado 31 de julio, el Ejecutivo autonómico aprobó el Anteproyecto de la nueva Ley de Comercio, mediante el cual se modifican los actuales artículos de la normativa que regula el comercio en Balears desde el 2001, relativos a las grandes superficies para cada isla, mientras que anula algunas prohibiciones.

Una de las principales novedades aparece en el artículo 7, que «prohíbe la implantación de establecimientos comerciales en el suelo que no tenga el carácter y la condición de urbano consolidado, excepto cuando se trate de establecimientos vinculados a explotaciones agrarias, ganaderas o forestales que hayan de ser ubicadas necesariamente en el medio rural».

Por su parte, el artículo 13 establece un nuevo concepto de gran establecimiento comercial, de forma que, a partir de ahora, serán «los comercios mayoristas o minoristas que tengan una superficie útil para la exposición y la venta superior a 700 metros cuadrados en Mallorca; a 400 metros cuadrados en Menorca e Ibiza, y a 200 metros cuadrados en Formentera».

De esta manera, el Gobierno central admite las especificidades del territorio insular y no impone una superficie de 2.500 metros cuadrados para ser considerada una gran superficie comercial, tal como era su intención inicial. También se especifica que «cuando el objetivo del establecimiento sea de forma exclusiva la exposición y la venta de automóviles y vehículos a motor, maquinaria, equipo industrial, embarcaciones, aeronaves, muebles, materiales de construcción, elementos propios de cocina y baño tendrán la consideración de gran establecimiento comercial los que tengan una superficie superior a 2.000 metros cuadrados en Mallorca, 1.500 en Menorca o Eivissa y 400 en Formentera.

Asimismo, la nueva normativa anula las prohibiciones existentes, de forma que, a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley, no existirá ninguna prohibición por razón de superficie.

Por lo tanto, se podrán instalar superficies superiores a los 1.300 metros cuadrados en Palma y a los 800 metros cuadrados en los municipios de más de 20.000 habitantes, siempre y cuando cumplan los requisitos de las autorizaciones previstas en la Ley.